• SUBNOTA
La Cámara de Senadores bonaerense sancionó la ley que incorpora en la provincia de Buenos Aires el Juicio por Jurados para delitos cuya pena exceda los 15 años de prisión.
La iniciativa establece que el tribunal de jurados actuará en los delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, alguno de ellos supere dicha pena. Según la norma, el jurado estará compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral, y recibirán instrucciones de un juez, quien les indicará el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.
Además, establece que luego del debate decidirá el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso. Determina también que el veredicto de culpabilidad requerirá como mínimo de diez votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos.
Para ser miembro de un jurado se deberá ser argentino nativo o naturalizado con no menos de cinco años de ciudadanía, tener entre 21 y 75 años, entender plenamente el idioma nacional y gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.
La Junta Electoral bonaerense confeccionará anualmente, por sorteo en audiencia pública, los listados principales de ciudadanos que cumplen con esos requisitos, discriminados por Departamento Judicial y por sexo, a razón de un jurado por cada mil electores empadronados en el registro general actualizado.
La ley fue apoyada por la mayoría de las bancadas del Senado con excepción del Frente Renovador que no participó del debate y se retiró del recinto luego de no conseguir los votos para tratar sobre tablas su proyecto de ley de Policía Comunal.
La titular de la bancada del Frente para la Victoria, Cristina Fioramonti, se comprometió a estudiar en las comisiones algunas reformas propuestas por la oposición, fundamentalmente en torno al requisito de que los jurados deben saber leer y escribir, cuestión no prevista en la ley.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux