UNIVERSIDAD › LAS IMPLICANCIAS DEL RéGIMEN JUBILATORIO A PUNTO DE APROBARSE EN EL CONGRESO
La jubilación del 82 por ciento alcanzará al 80 por ciento de los docentes universitarios. Los gremios preparan reclamos para que los profesores ya retirados puedan acogerse al beneficio.
› Por Julián Bruschtein
La inminente sanción de la ley de jubilaciones del 82 por ciento para los docentes universitarios abre un abanico de posibilidades para el sector. Cuando el Senado apruebe el proyecto que ya pasó por Diputados, el haber jubilatorio del 80 por ciento de los docentes se verá beneficiado con la medida, que incluye además la movilidad directa, ligada a los aumentos de los trabajadores activos, un plus en el caso de simultaneidad de cargos y la posibilidad de optar por retirarse a los setenta años.
Una vez que se sancione la ley, los profesores ya jubilados bajo el régimen ordinario podrán reclamar ante la Anses para que se los homologue al nuevo sistema previsional.
Los tres gremios docentes se encuentran a la espera de que el régimen jubilatorio especial obtenga su promulgación, posiblemente la semana próxima, para “terminar con una injusticia que abarca al mayor universo de docentes universitarios”, dijo a Página/12 Claudia Baigorria, titular de Conadu Histórica. Los sistemas previsionales especiales para docentes incluyen a los maestros primarios y secundarios, que obtienen el 82 por ciento de sus salarios activos, y a los docentes investigadores, que obtienen el 85 por ciento. Pero esos regímenes abarcan sólo al 20 por ciento de la planta docente universitaria. Afuera queda, hasta ahora, la mayoría: los docentes con dedicaciones simples y semiexclusivas, que deben atenerse a la jubilación común, equivalente a cerca de la mitad del sueldo activo.
“Desde que nació Conadu, en mayo de 1984, que reclamamos el 82 por ciento móvil para las jubilaciones y estamos a un paso de concretarlo”, dijo Pedro Sanllorenti, secretario adjunto de Conadu. Al proyecto de ley aprobado la semana pasada en Diputados se le añadió la “simultaneidad en el caso de los docentes que tenían un trabajo mejor por el que se jubilan” y se les suma “un porcentaje en reconocimiento a su labor en las aulas”, agregó el sindicalista. Por su parte, el líder del gremio Fedun, Daniel Ricci, destacó que “la posibilidad de que los docentes puedan optar por quedarse en la universidad hasta los setenta años para jubilarse permite que mejoren también los haberes jubilatorios”.
El texto final del proyecto de ley sobre el que vienen trabajando gremios y legisladores introdujo cambios respecto del proyecto original que provenía de la Cámara alta. La movilidad de los haberes queda implícita: “Es directa con los asalariados y la toma de la ley 22.929 de los docentes investigadores. Esto es bueno por partida doble, porque va enganchada de los aumentos que reciban los docentes activos, pero además termina refrendando el derecho de los investigadores que tienen y que deben iniciar reclamos por diferencias con la Anses”, señaló Sanllorenti. Para Baigorria, que la movilidad aparezca garantizada en el texto de la ley “es fundamental, aunque el Estado no la cumpla. Vamos a seguir presionando para que se garantice la movilidad tal y como falló la Corte Suprema”.
La sanción de la ley es esperada por gran cantidad de docentes en edad de jubilarse. “Se va a generar un movimiento en todas las universidades que va a permitir el acceso a cargos de mayor jerarquía a profesores postergados”, indicó Sanllorenti. Una vez sancionada la ley, los docentes universitarios jubilados bajo el régimen común podrán iniciar un recurso judicial para reclamar la homologación del 82 por ciento. “Vamos a hacer todas las gestiones para que la Anses o quien corresponda emita la reglamentación necesaria para que puedan cobrar desde que se realizó el reclamo”, explicó el dirigente.
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