Mar 25.04.2006

UNIVERSIDAD • SUBNOTA  › OPINION

Ilegalidad de la elección

› Por Juan Carlos Del Bello *

Promulgada la Ley de Educación Superior (LES) en 1995, la UBA presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 1, a cargo de Ernesto Marinelli, quien con fecha 3 de febrero de 1996 dictó sentencia en la causa Nº 38.781/95 caratulada “UBA c/Estado nacional s/Proceso de conocimiento”. El fallo admitió parcialmente algunas de las pretensiones de la UBA tendientes a lograr la declaración de inconstitucionalidad de la LES. Incomprensiblemente, el ministerio no apeló y la sentencia quedó firme.

Desde entonces, por ejemplo, la UBA no está obligada a presentarse a los procesos de evaluación y acreditación de calidad que lleva a cabo la Coneau. Así como la UBA tuvo este “beneficio” o trato discrecional respecto del resto de las universidades estatales y privadas, la sentencia de marras no hizo lugar a las impugnaciones de los artículos 52 a 55, 57 y 78 a 80 de la LES, referidos al gobierno de las universidades. Por lo que deberían ser de cumplimiento obligatorio para una institución pública que en un sistema democrático debe respetar las leyes nacionales. La LES prevé que al menos el 70 por ciento de los docentes de las universidades estatales estén concursados (art. 51), para lo cual se estableció un plazo de 3 años que por supuesto está vencido. Hasta tanto se produjera esa adecuación, los docentes interinos con más de 2 años de antigüedad continuados tienen derechos electorales (arts. 78 y 55). La UBA no tiene el 70 por ciento de sus profesores concursados y por lo tanto ha impedido el derecho electoral de los profesores interinos de elegir y ser elegidos. La hipocresía de la universidad estatal argentina es que no se reconoce que el manejo de los concursos se vincula al poder y que ello explica que los concursos no se sustancien, con muy pocas excepciones.

Por todo lo anterior, el actual proceso de elección de autoridades está absolutamente viciado de nulidad. No se justifica que un sector estudiantil impida que sesione la asamblea que debería elegir un nuevo rector pero, salvando las distancias, también en 1918 los estudiantes se rebelaron contra los profesores vitalicios (oligarquía académica) y reclamaron los concursos y la renovación del claustro, impidiendo la designación del rector. Es evidente que los representantes de los claustros en la asamblea de la UBA no han surgido de un pleno funcionamiento democrático, ya que los profesores interinos han sido proscriptos. No vale la justificación de que los interinos y los auxiliares de docencia (JTP y ayudantes) participan a través del claustro de graduados, porque eso también está vedado por la LES y por el criterio histórico establecido desde Dell’Oro Maine (ministro de Educación de Lonardi y Aramburu), cuando mediante el decreto ley 6403 de 1955 creó el gobierno tripartito a través de profesores, alumnos y egresados.

No se ha respetado la ley, pero al mismo tiempo se juzga como antidemocrática la conducta de los estudiantes de impedir la asamblea.

Cualquiera de los sectores actualmente en pugna por el rectorado de la UBA, que tienen el privilegio de representar o no a la comunidad universitaria, tienen la obligación legal y moral –independientemente de quién sea ungido rector– de cambiar el sistema de representación. No creo que nadie se oponga a que los profesores interinos (algunos tienen 20 años de antigüedad) tengan los mismos derechos electorales que los profesores concursados. Será la forma de terminar con el manejo político de los concursos. También la reforma del sistema de gobierno será una buena oportunidad para plantear que los auxiliares de docencia (los kelpers de los docentes universitarios) tengan representación en tal carácter y no disfrazados de egresados, y que los no docentes también tengan participación en el gobierno de la UBA, tal como ocurre en las universidades estatales europeas y lo estableciera la ley del ministro Taiana del gobierno de Héctor Cámpora, en mayo de 1973.

* Profesor de la Universidad Nacional de Quilmes, ex secretario de Políticas Universitarias.

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