Viernes, 19 de junio de 2015 | Hoy
ABORTO
El Ministerio de Salud de la Nación publicó una nueva versión del “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”. El documento obliga al sistema sanitario a cumplir con todos los abortos de las personas víctimas de una violación o cuya vida o salud corre riesgo. El criterio de salud debe ser amplio e incluye la salud emocional y mental y los riesgos del parto. Es obligatorio para todo el sistema público y privado de todo el país. El año pasado se registraron, oficialmente, 400 interrupciones legales del embarazo.
Por Luciana Peker
En el 2015 todavía el Congreso Nacional no debatió la legalización del aborto. Si los diputados y diputadas levantaran la mano para aprobar el proyecto de aborto legal, seguro y gratuito morirían menos mujeres. El propio Ministerio de Salud de la Nación lo reconoce. “La interrupción del embarazo es un procedimiento sumamente seguro si es practicado con los instrumentos y en las condiciones adecuadas. En los países donde el aborto está permitido por la ley y el personal de salud está capacitado para ofrecer servicios seguros, la tasa de mortalidad por estas prácticas es baja, de 0,2 a 2,0 muertes por cada 100.000 abortos; en esas regiones, inclusive, la mortalidad relacionada con el embarazo es significativamente más alta: 9,0 muertes por cada 100.000 nacidos vivos”, explica el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, publicado en abril.
En Argentina, en donde la decisión de no seguir adelante con un embarazo sigue empujada a la clandestinidad, en cambio, el 20 por ciento de la mortalidad materna –de las mujeres que mueren por un embarazo, parto o puerperio– es por aborto. Y este gatillo sexual va in crescendo. La muerte por aborto se redobló un 50 por ciento, según las últimas cifras oficiales. Son cincuenta mujeres menos las que no hablan ni piden, ni tienen voz para reclamar o contar su historia o pedir por otras. Son cincuenta menos las mujeres que murieron, en el 2013, por el efecto de los abortos clandestinos. Son cincuenta mujeres las que el sistema de salud contabilizó –y pueden ser más las que fallecieron sin ser registrada su causa– pero, seguro, son cincuenta menos las que murieron por una causa evitable: por un aborto que en el sistema de salud no produce muertes y que en la intemperie del mercado codicioso o de la soledad y la desesperación pierden la vida. Aunque son muchas las que no mueren por las socorristas, los consejerías pre y post aborto, los mecanismos de reducción de daños apuntalados a frenar la muerte por ser mujer y porque, también, se practican los abortos legales.
Las consecuencias de la falta de legalización son tajantes. Sin embargo, las estrategias para entender que son cada vez más los casos que pueden ser atendidos por el sistema de salud como abortos legales, son efectivas para que no haya –ni una menos– mujeres muertas por aborto.
En la Argentina el aborto legal fue respaldado, con el fallo F.A.L., por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el 2012, en los casos de violación o cuando corre riesgo la vida o la salud de la madre. La idea de riesgo para la salud tiene que ser integral –como lo define la Organización Mundial de la Salud (OMS)– y, por lo tanto, física y psíquica. En este sentido, si una mujer puede considerar que continuar con un embarazo que no puede o quiere llevar adelante le afectaría su salud mental y emocional, o que no quiere enfrentar los riesgos del embarazo y parto, también se puede encuadrar como aborto legal.
La nueva versión tiene varios adelantos: ya se habla de Interrupción Legal del Embarazo (ILE). El aborto legal en la Argentina no es pleno, pero ya existe. Además, se nombra a personas y no sólo mujeres para respetar la identidad de varones trans que puedan requerir una intervención. “El derecho de acceso a la salud es abordado por este protocolo sin incurrir en discriminación alguna e incluye en su línea de atención a todas las personas con posibilidad de gestar un embarazo, sin ninguna distinción relativa a su identidad de género ni a las prácticas sexuales que pudiera llevar a cabo”, especifica el documento ministerial.
Además se interpela a todo el personal del sistema de salud (médicos, enfermeras, administrativos o agentes de seguridad) a no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo cuando se ponga en riesgo la salud o la vida de una persona o cuando sea producto de una violación. El documento expresa que no es una carta de sugerencia, sino que es de cumplimiento obligatorio para todo el sistema de salud, público o privado o de obras sociales, en todo el territorio argentino.
Sin embargo, hay toda una larga polémica e idas y venidas atrás de este protocolo. La primera iniciativa se dio en la gestión de Ginés González García en el Ministerio de Salud. Después, la ex ministra (que en su Twitter se define como ex ministro con O) y actual legisladora porteña Graciela Ocaña (ECO) congeló la iniciativa y, en el 2010, finalmente se presentó la “Guía Técnica de Atención Integral de Abortos no Punibles”.
En ese momento, el (ex) ministro de Salud, Juan Manzur, no quiso firmar la Guía con el carácter de resolución ministerial. Este nuevo protocolo, presentado en abril, está avalado por los signos del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Daniel Gustavo Gollan y de Presidencia de la Nación. Pero tampoco cuenta con ese anclaje institucional.
¿Va a contar con esa firma que se requería desde el 2010? “No se va a reglamentar”, afirma una fuente oficial que pide reserva de su identidad. “Pero no se necesita reglamentar. Se tiene que cumplir y punto”, sostiene. Más allá de los requerimientos para que el Protocolo adquiera mayor rango es importante que el Ministerio de Salud no da consejos ni sugerencias, sino que todo el sistema de salud –aun en las jurisdicciones donde se hicieron protocolos provinciales o locales más restrictivos o con mayores obstáculos que los instrumentados por la Corte para la realización de abortos– tiene que facilitar el acceso a mujeres, niñas, jóvenes y trans a los abortos legales.
La ginecóloga Stella Maris Manzano valoriza: “Me gusta mucho el nuevo protocolo para la interrupción legal del embarazo que lo plantea como un derecho. Esto implica que debe ser accesible para la mayoría de las personas y no para escasas mujeres que entran en criterios excepcionales de no punibilidad. El riesgo para la salud debe ser entendido de manera integral y no sólo para las que tienen riesgo de muerte. Todo aborto es no punible y es un derecho, si la persona lo solicita, porque todas las personas que se embarazan enfrentan mayor riesgo para su salud en caso de llegar al término que en caso de aborto. Si se permite morir a las personas que no quieran transfundirse o ser reanimadas, o ser amputadas, contra la voluntad médica, obviamente hay que permitir vivir a las mujeres o varones trans que no quieran arriesgar su vida llevando un embarazo hasta el final”.
Más información: www.msal.gov.ar Línea de Salud Sexual: 08002223444
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