ECONOMíA

La ley que les cuida el bolsillo a los especiales

Ya no hay jubilaciones de privilegio por unos meses de trabajo. Pero se mantiene el 82 por ciento móvil para unos pocos.

 Por Cledis Candelaresi

Desde diciembre de 1991, ocupar por un lapso muy corto una secretaría de Estado o una banca en el Congreso no le da a nadie el derecho de acceder a la denominada “jubilación de privilegio”. La verdadera prerrogativa de los regímenes especiales que se acaban de derogar por ley es garantizarles a los miembros de los tres poderes del Estado y de la Iglesia Católica un haber que equivale a alrededor del 82 por ciento móvil de la remuneración de quien está en actividad, contra los beneficiarios del régimen general, para quienes esa proporción se reduce en promedio a sólo la mitad. El Poder Ejecutivo ya anticipó el veto a una ley polémica, que hace poca mella en las finanzas públicas.
El efecto más claro y contundente de la norma que acaba de sancionar el Senado es dejar en firme un tope de 3100 pesos para todas las jubilaciones, sea cual fuere el régimen por el que se hubieren otorgado. Los principales afectados por esta medida serán los retirados de la Justicia, ya que el haber promedio por encima de ese monto llega a los 5051 pesos por mes.
Siguen en el ranking los beneficiarios de regímenes provinciales: los tres mil seiscientos jubilados de ese origen que cobran por encima de aquel máximo perciben en promedio un haber de 3800 pesos cada mes. Los datos surgen de los registros de la Secretaría de Seguridad Social, donde se considera a este tope sólo como una reducción más a las tantas que sufrieron las jubilaciones más altas en los últimos años.
Por efecto de una serie de leyes que fueron retocando el régimen general –incluida la de reforma previsional–, más la contribución por el impuesto a las Ganancias y el último recorte del 13 por ciento, una apetecible jubilación de 6500 en ventanilla se reduce a 3800 pesos. Y, desde ahora, debería bajar a 3100.
El ahorro estimado extraoficialmente por la imposición de ese tope podría rozar los 100 millones por año, siempre sobre el supuesto de que la norma no fuera vetada. La suma, nada despreciable, es sin embargo casi insignificante si se la contrasta con los grandes números del sistema. El gasto previsional total es de 15 mil millones de pesos por año, de los cuales apenas un tercio se cubren con aportes previsionales propiamente dichos.
El otro punto de la nueva ley es la derogación de parte de los regímenes especiales, algo que se procuró en distintas ocasiones, aunque con recursos legales equivocados. El intento quizás más prolijo tuvo lugar en diciembre de 1991. Entonces, el Congreso sancionó una ley que en su primer artículo volteaba los sistemas que permitían jubilarse con menos requisitos o más haber que el régimen general. Pero en el segundo punto la norma desandaba el camino, atribuyéndole a una bicameral la facultad de analizar régimen por régimen.
Poco tiempo después, el Parlamento –juez y parte en el tema– sancionó cuatro leyes que revivieron los regímenes de los tres poderes del Estado, docentes, investigadores, servicio exterior, y por actividades insalubres. En esta categoría se incluyen, por ejemplo, los trabajadores mineros o los choferes de colectivo, quienes se jubilan con el haber común, pero con diez años menos de aporte.
Así, los sistemas objetados sobrevivieron, aunque con prerrogativas recortadas. Para cobrar una jubilación proporcional, y ajustable según la remuneración de quien está en actividad, en cualquier caso es necesario haber aportado al sistema durante treinta años y tener una cierta antigüedad en el cargo: cuatro años como mínimo en el caso de los legisladores, dos en el caso de un secretario de Estado o quince en el de un investigador científico. Desde entonces, no alcanza con un efímero paso por la función pública para acceder a aquel privilegio que sí ostentan muchas célebres figuras (Alemann, entre ellas). En 1994, Carlos Menem hizo su propio intento de derogar los regímenes de privilegio, pero optando por el camino de un decreto, vía fallida de antemano por su inconstitucionalidad. El reciente intento del Senado de eliminar los regímenes especiales de obispos, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial (no así el de docentes, investigadores y trabajos insalubres) es en apariencia más genuino, justamente, por tratarse de una ley.
Pero aun así hay resquicios para discutir la legalidad del intento, básicamente con el argumento de los derechos adquiridos y aprovechando la capacidad de lobby que confiere ser parte de un poder del Estado. A pesar de que las prerrogativas son menores, el estímulo para esta presión sigue siendo importante. El futuro beneficiario de un régimen especial, que hoy cobra 4000 pesos estando en actividad, tendrá un haber no inferior a 3300 pesos. Si se jubilara por el régimen general, esa cifra bajaría a los 2200.

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Legisladores, jueces, funcionarios y curas son beneficiarios.
Con suerte, un jubilado común tiene derecho al 50 por ciento móvil.
 
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