ECONOMíA › EL PROYECTO DEL CONSEJO PARA EL DIALOGO ECONOMICO Y SOCIAL QUE EL GOBIERNO LES PRESENTARA A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y EMPRESARIAS
Ni organizaciones sociales ni partidos. La propuesta del consejo que viene consensuando el Gobierno, entidades de cúpula y la CGT sólo contempla la participación de sindicatos y asociaciones empresarias. Detalles en exclusiva del proyecto.
› Por Raúl Dellatorre
El consejo para el diálogo económico ysocial, tal cual será su denominación definitiva, empezará a recorrer como proyecto las venas del cuerpo empresario y sindical desde mañana. El gobierno nacional volverá a reunir, el martes próximo, a la “comisión técnica” que participó en la elaboración del proyecto que dispone la creación del consejo. De dicha comisión participan tres representantes por organizaciones empresarias, tres por la CGT y un “técnico” designado por Planificación, Roberto Baratta, además de Carlos Tomada, ministro de Trabajo, que llevó el mayor peso en la tarea de articulación entre los diferentes intereses. Esta comisión le dará los retoques finales al proyecto después de tres meses de haber estado armándolo en absoluta reserva. Pero a partir de mañana, el Gobierno empezará a tomar contacto con las organizaciones que no participaron de su elaboración para informarles de la propuesta. La primera organización consultada sería la CTA. También habría alguna aproximación, para sondear su opinión, a la Mesa de Enlace rural. Fuera de las entidades gremiales y empresarias, la tarea más ardua que le aguarda al Gobierno es explicar por qué el consejo no incluirá la participación de organizaciones sociales ni académicas, como muchos esperaban. Ni tendrá espacio para los partidos políticos, que también reclamaron estar.
El texto del proyecto de ley, o de decreto –finalmente, se decidiría que sea este último el instrumento, para acelerar su constitución–, tal cual será presentado a las distintas organizaciones esta semana, consta de 11 artículos más las disposiciones finales. Página/12 pudo acceder al texto del mismo a través de fuentes gremiales ligadas a su elaboración. El proyecto fundamenta la creación del consejo para el diálogo económico y social en el objeto de “facilitar la participación de las organizaciones económicas y sociales en las políticas públicas”. Algunas de las definiciones medulares del propuesto consejo son las siguientes:
- Se crea como “órgano permanente no estatal de carácter consultivo en materia social, económica y laboral”, definido más adelante como “órgano de concertación social”.
- “Este consejo tendrá como función primordial la de emitir opinión previa no vinculante sobre anteproyectos de leyes que versen sobre cuestiones económicas, laborales y sociales; o en materias que le sean sometidas a su consulta por el Poder Ejecutivo Nacional o por propia iniciativa en materias de su competencia.”
- Sus miembros serán propuestos “por las asociaciones sindicales y organizaciones empresarias representativas”.
- El consejo propuesto está “concebido como un ente de derecho público no estatal, con personalidad jurídica propia, plena capacidad y autonomía funcional para el cumplimiento de sus fines”. Contará con los recursos que la Ley de Presupuesto le asigne anualmente.
El consejo, de acuerdo con la propuesta que circulará desde mañana, estará integrado por cuatro autoridades designadas por el Poder Ejecutivo y 40 miembros que representarán a las organizaciones sindicales y empresariales en igual número (20 y 20). El presidente del consejo será el jefe de Gabinete y su presidente alterno, el ministro de Trabajo. Quedarían dos cargos de vicepresidentes para el Ejecutivo, que ocuparán dos ministros a designar. Otras dos vicepresidencias serán para los sectores empleador y trabajador, que los elegirán entre los 20 miembros de cada representación. Los miembros del consejo tendrán un mandato de cuatro años. En caso de vacante producida por cese en sus tareas de un miembro del consejo, la misma será cubierta por la misma organización a la que le corresponda el titular cesante.
La representación sindical se repartirá entre la CGT y la CTA. La propuesta inicial sería mantener la proporcionalidad que existe hoy en el Consejo del Salario (3 por 1, 12 representantes de la CGT y 4 de la CTA). De ese criterio resultarían 15 integrantes por la CGT y 5 por la CTA. El problema para la CGT es que ahora, además, deberá resolver la distribución interna de sus miembros, ya que un sector del sindicalismo tradicional, el de los denominados Gordos, pretenderá ganar participación frente a las huestes de Hugo Moyano. “Queremos tener una participación fuerte, pero no para ir contra el Gobierno”, le hicieron saber los Gordos a las autoridades nacionales antes de iniciar la pulseada con el líder camionero.
La representación empresaria también seguiría, aproximadamente, la proporcionalidad que hoy guardan las organizaciones en el Consejo del Salario. La UIA por encima de los demás, que son Comercio, Construcción, Bancos, Agro, Bolsa de Comercio. La Asociación de Empresarios Argentinos viene participando de las reuniones del Consejo, aunque no forma el consejo del Salario, por lo cual se descarta su incorporación. Si la Mesa de Enlace sigue ratificando su participación en bloque y además decide participar en el consejo, se descarta que se le abrirán los puestos necesarios para que participen las cuatro entidades dentro de las veinte sillas para los empresarios. Un tema irresuelto es quién representará a las pymes. En la conformación del Consejo del Salario, participa la Central de Entidades Empresarias Nacionales (CEEN), que alternativamente llevaba a Francisco Dos Reis (Apyme) o Carlos Heller (Abappra) como representante. La puja entre sectores empresarios para definir quién jugará desde ese espacio (también reclama un lugar la CGE) todavía no tuvo resolución. Por otra parte, no se descarta que en la futura composición de la representación empresaria se invite a participar a algunas de las entidades del sector del transporte.
Los órganos de funcionamiento del consejo serán el Plenario, la Comisión Permanente, las Comisiones de Trabajo y la Secretaría Técnica. El Plenario del consejo estará integrado por la totalidad de sus miembros, celebrará sesión ordinaria al menos una vez al mes, sin perjuicio de las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente (jefe de Gabinete) o a requerimiento de cualquier vicepresidente.
El Plenario requerirá, para constituirse, la presencia del presidente y los miembros consejeros suficientes para formar quórum, de acuerdo al reglamento de funcionamiento. Algunas particularidades importantes de las funciones y prácticas del Plenario son las siguientes:
- “Adoptará sus decisiones por consenso y emitirá sus recomendaciones e informes mediante dictámenes. En caso de no arribarse a consenso, el presidente elevará el dictamen de mayoría, acompañado de las opiniones en disidencia, especificando el número de consejeros a favor y el sector de procedencia.”
- “Las recomendaciones, dictámenes e informes no serán vinculantes” para el Congreso ni el Ejecutivo.
- “El Plenario podrá constituir, con carácter permanente o para cuestiones específicas, comisiones o grupos de trabajo (...). En su composición deberá respetarse la proporcionalidad y la presencia de los distintos grupos representados en el Consejo.”
La Comisión Permanente estará integrada, bajo la dirección del presidente del Consejo, por siete representantes por cada sector (trabajador y empleador), que serán designados entre los miembros del Plenario a propuesta de cada sector. Entre sus funciones están las de elaborar la Agenda del Plenario, emitir dictámenes sobre los temas que le sean delegados por el Plenario, emitir recomendaciones e informes que le hayan sido requeridos, coordinar comisiones o grupos de trabajo y “asegurar la continuidad en el tratamiento de las materias objeto de consideración por el Consejo”.
Los dictámenes del consejo para el diálogo económico y social tendrán carácter no vinculante para el Congreso y el Ejecutivo. Es decir, no obliga a estos cuerpos a cumplir con su mandato. En cambio, la emisión del dictamen por parte del consejo, ante un proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo, tiene “carácter obligatorio”. Es decir, no es facultad del consejo decidir si se pronuncia o no sobre los proyectos que se sometan a su consideración. En cambio, podrá emitir o no dictámenes en materia de políticas públicas que se sometan a consulta por el gobierno nacional o a pedido de alguno de los vicepresidentes.
El gobierno nacional fijará, en la solicitud de consulta, el plazo que tendrá el Consejo para emitir su dictamen. El anteproyecto de decreto establece que dicho plazo “no será inferior a quince (15) días, salvo que el Gobierno fundamente la urgencia de la consulta, en cuyo caso no podrá ser superior a diez (10) días”. Si el Consejo no se pronuncia en el plazo previsto, el proyecto seguirá su camino: es decir, del Ejecutivo al Congreso.
El martes, los seis técnicos de las organizaciones empresarias y de la CGT que vienen trabajando en el proyecto le darán la última lectura al proyecto de creación del consejo económico y social. La intención del Ejecutivo es disponer inmediatamente su creación por decreto. Para ello, buscará generar consenso con otras organizaciones que no participaron de la elaboración, como la CTA, la Mesa de Enlace y otras organizaciones empresarias. Al mismo tiempo, comenzarán las conversaciones previas al nuevo encuentro del Consejo del Salario, previsto inicialmente para el lunes 27. Pero en este caso, no se trata de una duplicación de tareas, porque el ministro Tomada podrá aprovechar el contacto con representantes empresarios y sindicales de tanteo sobre su postura respecto del salario mínimo, para sondear posiciones respecto del Consejo.
Desde el sector privado, muchos estarán esperando su llamado para la convocatoria. Desde el Gobierno, con igual o mayor expectativa, también esperarán el llamado de Tomada, pero el posterior a algunos de estos encuentros para conocer los resultados. Todos saben que buena parte de las relaciones políticas del Gobierno con el poder económico se juega en estos días y en estas gestiones.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux