Mar 09.10.2012

ECONOMíA  › DEBERáN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LAS DIVISAS

Agencias de viaje bajo la lupa

Tendrán que presentar una declaración jurada anticipada y contar con la aprobación de la AFIP para acceder al mercado de cambios. La iniciativa surgió a partir de que se verificó el uso de facturas apócrifas por supuestos servicios contratados en el exterior.

› Por Cristian Carrillo

El equipo técnico de la AFIP analiza por estas horas la implementación de una declaración jurada anticipada que las agencias de viajes tendrán que presentar para justificar el destino de las divisas que adquieran en el mercado oficial de cambios. La medida apunta a cerrar un nuevo canal de fuga de capitales. Según explicaron fuentes oficiales, la iniciativa surgió a partir de que se verificó el uso de facturas apócrifas por supuestos servicios contratados en el exterior, que sólo servirían como pantalla para obtener moneda extranjera. Las compañías de turismo ahora deberán presentar la declaración jurada y documentación, que deberá validar el organismo recaudador previo a ser autorizada a comprar moneda extranjera. Desde el sector, señalaron que esta medida implicará en los hechos un freno a las operaciones en el exterior, mientras que para el turista podría repercutir en una menor oferta, resultado de un mayor costo burocrático para la agencia. “Por culpa de unos vivos se va a perjudicar la actividad”, sostuvo el representante de una compañía de viajes con foco en el exterior.

La limitación de las operaciones cambiarias a un único fin –para viajes y turismo– conllevó también un mayor control sobre las agencias que ofrecen este tipo de servicios. La lupa se acercó a los pedidos de divisas que realizaban las compañías para adquirir pasajes y servicios de hotelería y excursiones en el exterior. Si bien la adquisición de divisas requiere de la consulta previa de la AFIP, en el caso del código correspondiente a servicios de turismo, la operación para las agencias se autoriza y procesa sin necesidad de la validación del organismo, de acuerdo con la resolución 635 del Banco Central. Una primera maniobra que la AFIP buscó controlar consistía –por parte de las agencias de viajes– en comprar dólares por el canal previsto para este segmento, pero además solicitarle al cliente que abone la operación en moneda extranjera, liquidando el excedente en el segmento informal. Hoy los paquetes se pagan en moneda local.

Sin embargo, se encontró otra vía de fuga: “Una presentación de facturas truchas o infladas, de supuestos proveedores”, según reconoció un empresario de la actividad. “Están los que envían una factura por 100 mil dólares para el pago de una temporada a una cadena hotelera y, en realidad, lo pactan por menos de la mitad”, explicó. Los técnicos de la AFIP comenzaron las reuniones con las cámaras de agencias de viajes y bancos la semana pasada, pero todavía no habían logrado terminar de definir los pasos para la validación. Hasta el momento, según confirmaron en el entorno del titular del ente oficial, Ricardo Echegaray, se solicitará una declaración jurada anticipada, la cual tendrá que estar acompañada por la documentación pertinente, como contratos realizados con sus proveedores. Los bancos fueron los primeros en ser alertados acerca de este nuevo mecanismo.

La declaración jurada será obligatoria y deberá contar con la aprobación de la AFIP para acceder al mercado de cambios. Esta última parte es la que hace a los empresarios de la actividad presumir una ralentización en los negocios. Las más perjudicadas serían las agencias más pequeñas. “Si un cliente me pide alojamiento en un destino con el que ya cuento con capacidad hotelera preacordada, no hay problemas. La dificultad radica en el caso de que me solicite alojamiento por pocos días en un lugar donde no tenga hotel pactado. Por una reserva de un hotel de 100 dólares la noche, no hago todo el tramiterío burocrático para conseguir las divisas”, explicó el empresario, quien asegura que los contratos habitualmente con las cadenas alcanzan a 500.000 dólares toda la temporada. “La operación en el exterior se va a resentir”, agregó.

Más allá de este posible impacto en la oferta (rápida) de destinos, todo el resto de la operatoria para viajar al exterior se mantiene sin modificaciones. Los contribuyentes deberán completar, entre 7 y 1 día antes del viaje, el formulario en la AFIP –destino, estadía y pasajeros–, que luego la AFIP validará para la compra de la divisa correspondiente al país de destino. En general, se estableció un máximo equivalente a 70 dólares por día y por persona, aunque varía según el destino y la capacidad patrimonial de las personas. La extracción en cajeros automáticos continúa estando autorizada sólo para quienes poseen cuentas en dólares en el país. En tanto, se mantiene también la posibilidad de gastar con la tarjeta de crédito sin límites, más allá de lo que establezca el banco, y desde el mes pasado todas las compras en el extranjero tienen que pagar un recargo del 15 por ciento, como anticipo de Ganancias y/o Bienes Personales. Tampoco hay restricciones en gasto de alojamiento, comida y esparcimiento, aunque en productos electrónicos se establece un cupo de hasta 300 dólares libre de impuestos.

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