ECONOMíA › EL PROYECTO QUE APROBó EL SENADO PODRíA PERDER ESTADO PARLAMENTARIO
La iniciativa que busca mejorar la ley 25.551 para favorecer a las pymes locales aún no fue tratada por Diputados y si la Cámara baja no lo hace antes del 30 de noviembre, el trámite parlamentario debería empezar de nuevo.
En marzo del año pasado, el Senado dio media sanción a un proyecto para mejorar la ley de compre argentino. La iniciativa definió con más precisión qué sujetos están obligados a cumplirla, estableció que en las licitaciones se les debe otorgar preferencia a las pymes nacionales incluso ante una oferta que sea hasta un 12 por ciento más cara (antes la preferencia era hasta el 7 por ciento), fijó que las empresas nacionales y extranjeras deben cotizar ofertas en la misma moneda y modificó el régimen de sanciones por incumplimiento de la norma, entre otros cambios. Pese a tener media sanción de la Cámara alta, Diputados no trató el proyecto y si no lo hace antes del 30 de noviembre perderá estado parlamentario.
Para que la ley se apruebe se necesita que la Comisión de Obras Públicas, que encabeza el diputado del Frente para la Victoria, Edgardo Depetri, convoque al cuerpo que encabeza para que elabore un dictamen. En junio del año pasado, Depetri declaró que “el oficialismo estaría dispuesto a apoyarla (en referencia a la ley), pero no tenemos mayoría”. Por entonces, el Grupo A controlaba gran parte de las comisiones. Luego de las elecciones, el oficialismo recuperó la mayoría, pero el proyecto igual quedó frenado. “Depetri todavía no debe haber podido ocuparse del tema, si no creo que no hubiese tenido inconvenientes en respaldar la iniciativa. El problema es que los tiempos se acortan”, señaló ayer a Página/12 Jorge Cabaña, presidente de la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas y Luminotécnicas (Cadieel), una de las organizaciones que se mostraron más activas para defender el proyecto. Los que siguen son algunos de los puntos centrales contemplados en el texto con media sanción:
- Ampliación del alcance de la ley. La ley 25.551 obliga al compre argentino sólo a la administración pública nacional, a las empresas del Estado, a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias y concesionarias de obras y servicios públicos y a los respectivos subcontratantes directos. Ese listado exime, por ejemplo, a los gobiernos provinciales, a no ser que expresamente hayan adherido a la norma. En el caso de los privados, el requisito rige sólo para los concesionarios de obras y servicios públicos. Eso significa, por ejemplo, que las telefónicas no tienen la obligación de cumplir con esta ley cuando invierten en el desarrollo de la telefonía celular. Lo que se hizo entonces fue incluir también a entidades públicas provinciales y sus contratistas cuando utilicen fondos del Tesoro Nacional y a licenciatarios del Estado que presten servicios de telecomunicaciones fija y móvil, banda ancha y televisión por Internet; generación transporte y distribución de energía eléctrica; entre otras.
- Ampliación de preferencia por precios. El artículo 3 de la ley 25.551 establece que en las licitaciones se les otorgará preferencia a las pymes nacionales incluso ante una oferta que sea hasta un 7 por ciento más cara. Ese porcentaje se amplió a un 12 por ciento. Para las firmas medianas trepó de 7 a 9 por ciento y para las grandes de 5 a 7 por ciento.
- Cotizar ofertas en la misma moneda. Los proveedores locales afirman que en algunas licitaciones a sus competidores extranjeros les permiten cotizar su oferta en dólares. La ventaja es que sólo pueden ofertar en dólares si lo hacen a precio FOB, el cual no incluye transporte, seguro y tasas aduaneras. Ese es un factor más que ayuda al proveedor extranjero a mejorar su oferta final. Por lo tanto, en el proyecto con media sanción del Senado se establece que empresas nacionales y extranjeras deben cotizar en la misma moneda.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux