EL PAíS › REVOCARON LA ABSOLUCION DE GUSTAVO BELIZ
Cuando Gustavo Beliz ya pensaba que era un asunto liquidado, la sombra de un nuevo juicio en su contra volvió a cubrirlo. La Cámara Nacional de Casación Penal anuló por “arbitraria” la absolución del ex ministro del Interior por haber mostrado en un programa de televisión la foto de un alto jefe de la ex Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y ordenó que se realice un nuevo juicio en otro tribunal oral.
Para la sala IV del máximo tribunal penal del país, los jueces del Tribunal Oral Federal 3, que juzgaron a Beliz el año pasado, fueron los mismos que “promovieron con sus solicitudes al Poder Ejecutivo el relevamiento de la obligación de guardar secreto para que los agentes y ex agentes de la SIDE declararan como testigos en la causa AMIA”. Son los jueces Gerardo Larrambebere, Miguel Pons y Guillermo Gordo, quienes juzgaron a Beliz y antes habían comandado el juicio por el atentado a la mutual judía del 18 de julio de 1994, donde todos los acusados resultaron absueltos. Los camaristas de Casación Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos determinaron que se vio afectada “la garantía de imparcialidad que ampara el derecho de las partes de obtener una sentencia proveniente de magistrados que no hubieran efectuado un juicio de valor sobre el asunto”.
Beliz fue sometido a juicio oral en agosto y resultó absuelto, decisión apelada por el fiscal federal Jorge Di Lello. El hecho por el que fue juzgado ocurrió el 25 de julio de 2004, cuando acababa de dejar su cargo de ministro de Justicia de la Nación y en el programa de televisión Hora Clave mostró la foto del agente de inteligencia Antonio “Jaime” Stiusso, a quien acusó de interferir en la causa AMIA y de ser el responsable de su salida de la administración nacional. “Le dicen Jaime Stiusso y es el encargado, en los hechos, de manejar el poder real en la Secretaría de Inteligencia”, había denunciado Beliz mientras sostenía en alto el retrato y lo acusaba de “haber embarrado la investigación en la causa AMIA”, sobre el atentado terrorista a la mutual judía en 1994.
Beliz fue denunciado por violar la obligación de guardar un secreto de Estado, como en este caso era la fisonomía de un alto funcionario de la SIDE. El fallo fue dictado por los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Gemignani, quienes argumentaron además que los jueces del tribunal oral apartados del caso incurrieron en “manifestaciones irónicas sobre magistrados colegas, fiscales, jueces de primera instancia, incluyendo jueces que investigan la conducta de los miembros del TOF 3 y superiores jerárquicos” que ratifican su pérdida de imparcialidad. En su voto, Gemignani indicó que más allá de si la imagen de Stiusso era secreta o no, el TOF 3 no ahondó en el riesgo para la seguridad nacional que implicó su publicidad.
Stiusso era director de Contrainteligencia de la SIDE cuando Beliz mostró su foto en público. En su defensa, el ex funcionario dijo que el agente ya era un hombre público cuando su foto fue exhibida y por eso no se había violado ningún secreto. Con estos argumentos lo habían absuelto los jueces del TOF 3, pero como Di Lello y el fiscal ante la Casación Raúl Plee se opusieron, ahora ese tribunal anuló la absolución. Di Lello había llegado a pedir una pena de cuatro años de prisión por violación de la Ley de Inteligencia nacional. Beliz fue secretario de la Función Pública y ministro del Interior de Menem y ministro de Justicia en la primera etapa del gobierno de Néstor Kirchner.
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