Sábado, 31 de mayo de 2014 | Hoy
EL PAíS › EL GOBIERNO APELO EL FALLO QUE INVALIDO EL MEMORANDUM CON IRAN
El Ministerio de Justicia hizo una presentación ante la Cámara de Casación Penal y argumentó que el fallo que declaró la inconstitucionalidad del acuerdo “cercena las facultades que la Constitución otorga” al Poder Ejecutivo y al Legislativo.
El gobierno nacional apeló ayer el fallo que hace dos semanas declaró la inconstitucionalidad del memorándum de entendimiento con Irán por la causa del atentado a la AMIA, firmado por el Ejecutivo y aprobado por ley por el Congreso. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hizo una presentación ante la Cámara Federal de Casación Penal en la que manifestó que “la sentencia dictada es arbitraria” e “improcedente” porque “cercena las facultades que la Constitución expresamente otorga a estos los poderes” Ejecutivo y Legislativo.
La cartera encabezada por Julio Alak también hizo hincapié en que el memorándum fue firmado por los gobiernos de Argentina y de la República Islámica de Irán, así como también ratificado por la ley 26.843, aprobada por el propio Congreso, y que avala el acuerdo para avanzar en la investigación por el atentado terrorista que en 1994 causó 85 muertos y centenares de heridos.
En ese sentido, la apelación señala que la sentencia “invade la esfera de actuación del Poder Ejecutivo y del Congreso, cercenando las facultades que la Constitución expresamente otorga a estos dos poderes y que conforme expresa todo el ordenamiento jurídico nacional e internacional está vedado al análisis del Poder Judicial”.
El día que se conoció el fallo de la Cámara en lo Criminal y Correccional que declaró inconstitucional el acuerdo, el canciller Héctor Timerman y el ministro Alak ya habían considerado que la resolución judicial invadía “facultades del Poder Ejecutivo y del Congreso”.
“La Cámara se ha apartado arbitrariamente y sin fundamentación de las normas que regulan un proceso de amparo”, sostuvo el Gobierno en el escrito presentado y consideró que eso provoca “incertidumbre jurídica”.
El objeto de la presentación es que la Cámara de Casación, máximo tribunal penal del país, “emita un pronunciamiento que cese la resolución impugnada, declare improcedente la acción de amparo intentada y rechace la pretensión dirigida contra el Estado nacional”.
Para el Gobierno, “el tribunal ha cometido un exceso de competencia respecto de los planteos efectuados por los amparistas”, por lo que “ha violentado el derecho de defensa en juicio del Poder Ejecutivo al expedirse sobre cuestiones de las cuales no se habían agraviado los apelantes, las que tampoco fueron incluidas en el escrito de contestación de agravios presentado por el Estado nacional”.
La presentación hecha por el Ministerio de Justicia también afirma que “la sentencia de la Cámara resuelve sobre lo que no tiene que resolver y ordena a quien no tiene que ordenar”.
“Admitir la acción de amparo no obedeció a un razonado análisis de los antecedentes sino que se sustentó en afirmaciones respecto del alcance que le asignó una norma cuya constitucionalidad fuera controvertida”, añadió el documento presentado ayer.
Dos semanas atrás, los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero habían emitido un fallo por el que declararon inconstitucional el acuerdo de entendimiento que, para avanzar en la investigación por el atentado a la AMIA, prevé la creación de una Comisión de la Verdad integrada por cinco juristas internacionales que analizarían la documentación judicial de Argentina y de Irán. En cambio, el juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral había considerado “improcedente” el amparo presentado por las entidades de la colectividad judía AMIA y DAIA.
El memorándum, además, establece que esa comisión y las autoridades judiciales tanto argentinas como de Irán se encontrarán en Teherán para proceder a interrogar en la capital iraní a aquellas personas sobre las que Interpol emitió también una notificación roja.
“La Justicia en 20 años no ha podido resolver la verdad”, había sostenido Alak sobre el atentado terrorista, tras conocerse el fallo de inconstitucionalidad de la Cámara.
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