Mar 09.01.2007

EL PAíS  › EL ULTIMO DICTADOR NO LOGRO LA PRESCRIPCION PARA SU DELITO

Un revés para Reynaldo Bignone

El año pasado el ex presidente de facto consiguió la libertad, aunque sigue procesado por robo de bebés. Un nuevo intento de sus defensores fue que se dictara la prescripción del delito. La Cámara Federal porteña rechazó el planteo porque es “un crimen contra la humanidad”.

El dictador Reynaldo Bignone –que instó recientemente a los jóvenes a “terminar la tarea que nosotros (los integrantes de la última Junta Militar) no pudimos”– sufrió un nuevo revés judicial. La Cámara Federal rechazó su planteo para que se declarara “prescripta la acción penal” en la causa en la que está procesado por sustracción sistemática de menores durante la dictadura. “La apropiación de niños por parte de agentes estatales en el contexto de un ataque sistemático contra una población civil debe ser considerada como un crimen contra la humanidad”, dijeron los camaristas Gabriel Cavallo y Horacio Cattani. De este modo confirmaron una decisión de primera instancia del juez federal Guillermo Montenegro, quien había rechazado la pretensión de Bignone de dar por terminada la investigación en su contra por el paso del tiempo.

Los magistrados recordaron que Bignone está acusado de la sustracción, retención, ocultamiento y sustitución de la identidad de Laura Ruiz Dameri, Paula Logares, María Artigas de Moyano, Mariana Zaffaroni Islas, Eva Julien Grisonas y Anatole Julien Grisonas, “en el marco de la última dictadura que usurpó el poder entre 1976 y 1983”. El Código Penal, en su artículo 146, establece duras penas de encierro que pueden llegar a los 15 años de prisión para quien “sustrajere un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare”. Al fundamentar su rechazo a la pretensión del dictador, los camaristas recordaron que “la sustracción de los menores señalados y la sustitución de sus identidades son conductas subsumibles en el delito de desaparición forzada de personas” y, por ende, “imprescriptibles”.

En su resolución los magistrados analizaron los motivos por los cuales este tipo de conductas (la apropiación de niños por parte de agentes estatales) deben ser consideradas crímenes que no son susceptibles de prescripción por el paso del tiempo. En ese sentido remitieron al estudio del delito de “desaparición forzada de personas”, y enfatizaron que “no se encuentra discutida” la característica de “crimen de lesa humanidad” y citaron tratados internacionales incorporados a la Constitución y fallos de la Corte Suprema.

El juez Montenegro tiene a su cargo la investigación sobre la existencia de un “plan sistemático” para la apropiación de bebés nacidos cuando sus madres estaban en cautiverio. En octubre de 2005 la Cámara resolvió que Bignone y el ex jefe de la Armada Rubén Franco podían esperar en libertad hasta la sustanciación del juicio oral por el tiempo que llevaban detenidos sin condena, al considerar que la “multiplicidad de ilícitos” no era “motivo suficiente para prolongar el encierro preventivo”.

El último presidente de facto estuvo detenido, aunque con arresto domiciliario, desde enero de 1999 hasta diciembre de 2005. Montenegro le había vuelto a prorrogar la prisión preventiva argumentando la “complejidad de la investigación” y la “multiplicidad de hechos”, pero la Cámara le revocó esa medida. Ahora, de no mediar nuevos recursos ante tribunales superiores, quedaría en los umbrales del juicio oral y público. Bignone, quien meses atrás dirigió una carta a la juventud instándola a “terminar la tarea” que comenzaron las Fuerzas Armadas el 24 de marzo de 1976, es el general cuyo retrato –al igual que el del dictador Jorge Rafael Videla– ya no se exhibe en el patio de honor del Colegio Militar tras una decisión del presidente Néstor Kirchner, quien ordenó retirarlos del lugar.

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