EL PAíS › EL CASO DE UN INMIGRANTE BOLIVIANO PRESO POR VENDER COCA EN MEDIO DE LOS RECLAMOS DE EVO
El gobierno de Evo Morales planteó al argentino y al Mercosur la libre comercialización de la coca. Pese a ello, en Lomas de Zamora, un inmigrante boliviano está preso desde hace un año por vender hojas de esa planta entre su comunidad. El debate legal en la Argentina.
› Por Pedro Lipcovich
El juez federal Carlos Ferreiro Pella, de Lomas de Zamora, mantiene preso desde marzo del año pasado a un ciudadano boliviano por el hecho de haber tenido, en su negocio de herboristería, hojas de coca destinadas a la práctica del coqueo. La detención –que fue solicitada por el fiscal Alberto Adrián María Gentili– fue cuestionada por la Federación Argentina de Colectividades, la cual destacó que “la hoja de coca no es cocaína”, señaló que “no había en el lugar ninguna otra materia prima para producir droga” y advirtió que “la ignorancia de la cultura de los inmigrantes que integran el territorio nacional o de los pueblos originarios genera una falta total de equidad”. Por su parte, la titular de Derechos de los Pueblos Indígenas en la Facultad de Derecho de la UBA advirtió que “el coqueo y la infusión de coca están legalmente permitidos en todo el territorio argentino” y comentó que “la coca es para los bolivianos como el mate para los uruguayos”.
Irineo Mora Sandi, de nacionalidad boliviana, tenía un negocio de herboristería en la calle Olimpo, de Lomas de Zamora, donde hay muchos comercios y funciona también una feria de comerciantes de ese origen. En marzo del año pasado, la policía irrumpió en varios de esos locales. Mora Sandi, entre otros muchos productos, vendía hojas de coca: fue detenido, y el juez Carlos Ferreiro Pella, titular del juzgado federal en lo Criminal y Correccional Nº 2, decidió procesarlo por infracción al art. 5º inciso a) de la Ley 23.737, según el cual “será reprimido con reclusión o prisión desde 4 a 15 años y multa de $ 225 a $ 18.750 el que sin autorización o con destino ilegítimo siembre o cultive o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación”.
La tenencia de hojas de coca no es en sí misma delito: el art. 15 de la misma ley establece que “la tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural, destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes”.
El argumento del juez Ferreiro Pella y del fiscal Gentili se basa en que, aunque tener hojas de coca no es delito, la hoja de coca es “materia prima” de la cocaína, lo cual justificaría que Mora Sandi esté preso desde marzo del año pasado. La Federación Argentina de Colectividades (FAC) –en una presentación suscripta por su vicepresidente, Gabriel Juricich– observa que “según datos obrantes en la causa, la cantidad total de hojas de coca que este ciudadano boliviano tenía en su comercio era de 5,4 kilos. Según los peritajes efectuados, esta cantidad sólo podría obtener 13,48 gramos de cocaína. El mismo informe pericial especifica que los adictos toleran más de diez gramos diarios de cocaína, de modo que con todo el material secuestrado tendríamos sólo la cantidad suficiente para un día de un adicto”.
Además, y centralmente, “las hojas de coca en sí no son cocaína: hay que tratar la hoja, separar los demás alcaloides de la cocaína y cristalizarla en una sal. Para hacer la pasta base hacen falta los siguientes precursores: petróleo o querosén, ácido sulfúrico y un álcali que puede ser cal, carbonato sódico o potasa. El proceso de secado puede durar varios días”, explica la FAC, y destaca que en el local de Mora Sandi “no había ninguna otra materia prima para producir droga”, destaca la FAC.
Según la presentación de la FAC, “no se ha tomado en cuenta la costumbre boliviana de consumo de estas hojas en su estado natural. La ignorancia de la cultura y la formación de los inmigrantes que integran el territorio nacional o de los pueblos originarios, más allá de generar una falta total de equidad, se transforman en focos de discriminación”. La Federación también observa que “la hoja de coca se ha llevado al ámbito internacinal de la mano del propio presidente de Bolivia, además de otros jefes de Estado que están comprendiendo y valorizando una cultura de siglos, que fue ocultada por los prejuicios y los negocios de la explotación de los centros de poder”.
Teodora Zamudio –profesora titular de Derechos de los Pueblos Indígenas en la Facultad de Derecho de la UBA– ratificó que “según el Código Penal, el coqueo y la infusión de coca están permitidos. Y hay jurisprudencia explicando que, si una persona puede mascar coca, para conseguirla necesita que alguien se la venda. Correspondería una reglamentación más clara de la ley, ya que, al no estar regulada su venta, no hay un control sanitario de la hoja de coca”.
En cuanto a la detención de Mora Sandi, “hay jurisprudencia aplicable: una persona que había entrado al país desde Bolivia llevando hojas de coca fue detenida por tráfico de estupefacientes: la Cámara dictaminó que no correspondía la detención porque no estaba ingresando ningún estupefaciente, no lo es la hoja de coca”, contó Zamudio.
La profesora de la UBA destacó que Mora Sandi “estaba vendiendo la hoja de coca a su propia colectividad, y el coqueo es una práctica de orden ritual: la coca es a los bolivianos lo que el mate a los uruguayos; más aún en realidad, porque remite a valores simbólicos ancestrales. En un orden más directo, el coqueo de los bolivianos en la Argentina es comparable con la conducta de los argentinos que, habiendo emigrado a otros continentes, toman mate”.
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