EL PAíS • SUBNOTA › LOS PROGRAMAS EN ESPAñA
“Un coche blindado viajando por una autopista representa en teoría el menor riesgo. Sin embargo, al juez Giovanni Falcone lo hicieron volar cuando cruzaba un puente y murieron nueve personas.” Con este recuerdo comenzó su ponencia Carlos Miguel Bautista Samaniego, miembro de la Oficina de la Fiscalía Nacional de España, y explicó que usó ese ejemplo “un poco drástico” para dejar sentado que “los programas de protección de testigos no son perfectos y no ofrecen garantías absolutas”. Dar testimonio en España es una obligación constitucional desde 1978. “Hemos padecido un pasado tenebroso de dictadura y los testigos están obligados a prestar testimonio, aunque en casos de crimen organizado aumente su riesgo”, indicó. Como habían hecho los demás expertos, Samaniego mencionó el Manual de Buenas Prácticas para la Protección de Testigos de las Naciones Unidas para decir que “cada país debe tomar de él lo que le sirva”, y enumeró una serie de falencias del programa español. Una de ellas es que sólo otorga protección al testigo, y no a su familia ni a los coimputados. Pero en el juicio por los atentados en Madrid, del 11 de marzo de 2004, se vieron obligados a extender la protección a la hija del principal imputado, cuya madre era testigo. “Con la violencia de ETA como trasfondo, la policía vasca no vive en el país vasco, son ellos los que necesitan protección, y en tal sentido alcanza con la posibilidad abstracta del riesgo, no hace falta que exista una amenaza directa”, explica el funcionario. “Cuando se utiliza el ocultamiento de la imagen no va acompañado de un cambio de identidad, porque si no sería un testigo totalmente anónimo”, aclara. Y explica una medida muy sencilla y de sentido común que consiste en no poner el domicilio del testigo en las citaciones, sino el de su abogado, porque lo contrario sería “darle en bandeja de plata al testigo para que el acusado lo amedrente”. Frente a la posibilidad de entregar dinero al testigo para que organice su propia protección, Samaniego plantea el dilema que consiste en otorgarle recursos a alguien que probablemente cometa un delito, porque en su mayoría son “arrepentidos” que participaron del crimen investigado. “A quién se le reclama si delinque, como ocurrió con el señor B en el juicio de Madrid, que hacía estafas con la identidad falsa”, ejemplificó. En España estos programas cuentan con un acuerdo o pacto por el cual si el testigo no cumple con su parte del trato se le quita la protección.
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