EL PAíS
• SUBNOTA › POSIBLE FALLO SOBRE LAS ELECCIONES DE MARZO
No es sencillo irse antes
› Por Raúl Kollmann
La jueza María Romilda Servini de Cubría emitirá un fallo sobre las elecciones del 30 de marzo y, tal como adelantó Página/12 hace una semana, podría considerar que el presidente Eduardo Duhalde no tiene facultades para convocar a las urnas fuera del período que corresponde al final de su mandato, el 10 de diciembre de 2003, tal como lo fue establecido por la Asamblea Legislativa que en su momento designó a Duhalde. O sea que el Presidente podría llamar a comicios en octubre, por ejemplo, porque es dentro de los dos meses anteriores a la conclusión de su mandato, tal cual lo señala el artículo 95 de la Constitución. Si Servini no declara inconstitucional el llamado a elecciones, posiblemente lo haga la Cámara Nacional Electoral. En cualquier caso todo indica que el tema terminará en la Corte.
Antes de expedirse sobre las elecciones de marzo, el fiscal Jorge Di Lello le pidió a Servini que solicite a todos los juzgados electorales del interior las causas o reclamos que existan respecto de los comicios de marzo. La jueza ya recibió ocho respuestas, todas coincidentes: no hay planteos de nulidad o de inconstitucionalidad respecto de las elecciones presidenciales. Con estos datos a la vista, la magistrada ahora sabe que deberá lidiar con una sola presentación, radicada en la Capital Federal.
El planteo es el siguiente:
u La Asamblea Legislativa estableció que Duhalde sea presidente hasta el 10 de diciembre de 2003, o sea hasta completar el período de Fernando de la Rúa.
u Si Duhalde quiere convocar a elecciones sólo lo puede hacer teniendo en cuenta la finalización de su mandato. La Constitución dice que las elecciones deben ser convocadas dentro de los 60 días anteriores a la entrega del mando, o sea a partir del 10 de octubre de 2003. Por ello, Duhalde no puede adelantarlas para el 30 de marzo.
u Si Duhalde presentó la renuncia, debe resolver una nueva Asamblea Legislativa, tal cual lo señala la Ley de Acefalía. O, en todo caso, el Congreso nacional tendrá que cambiar la Ley de Acefalía, pero por ahora parece claro que Duhalde debe limitarse a renunciar y no tiene atribuciones para hacer el llamado para marzo.
Con todos estos datos a la vista, lo más probable es que haya un fallo declarando inconstitucional la convocatoria del 30 de marzo. Si así fuera, los diputados y los senadores tendrán que resolver la cuestión.
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