EL PAíS • SUBNOTA › LAS PAUTAS DE LA CORTE
› Por Irina Hauser
¿Cómo debería proceder, según la Corte, quien pide un aborto no punible?
- Basta con presentarse en un hospital y pedir la intervención. Esa solicitud tiene que estar acompañada de una declaración jurada de la víctima –o quien la represente–, donde explique que su embarazo es fruto de un abuso.
- El Código Penal “no exige ni la denuncia ni la prueba de la violación como tampoco su determinación judicial para que una niña, adolescente o mujer pueda acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación”, aclara el tribunal. No se pueden exigir pruebas de la violación, lo que puede “desalentar” a quienes tienen “expectativas legítimas” de buscar servicios “sin riesgos y en forma temprana”.
- La Corte exige reducir al mínimo “las prácticas de solicitud de consultas y la obtención de dictámenes”, “lo que se traduce en procesos burocráticos dilatorios”. Con esto, los comités de bioética de los hospitales, por ejemplo, también podrían quedar fuera de escena.
- Los médicos pueden plantear su objeción de conciencia, pero deberá ser resuelta por el sanatorio a través de un protocolo y en el momento que esas pautas se implementen para evitar obstáculos.
- Un profesional basta para realizar el aborto no punible.
- El fallo se adelanta a la posibilidad de “casos fabricados”, es decir, violaciones inexistentes. Una sospecha de declaración jurada falsa podría derivar en una causa penal, aclara; sin embargo, dice que la atención no puede estar puesta ahí.
- Ni los profesionales de la salud ni las víctimas podrán ser perseguidos penalmente por la realización de abortos no punibles. Pero podrían serlo quienes, desde el sistema médico, eludan la atención correspondiente.
- El fallo no se pronuncia sobre la excepción que permite abortar en el mismo artículo 86 en discusión a aquellas que tienen “el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios”. Ese punto no estaba en discusión en la causa en que se expidió la Corte. Si bien es una grieta por la que se podría filtrar la judicialización de abortos no punibles, la bajada de línea a médicos y jueces desde el máximo tribunal parece inequívoca.
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