EL PAíS
• SUBNOTA › EN QUE SE BASO EL PEDIDO CONTRA ANIBAL IBARRA
Las razones de la comisión
Los legisladores dicen que el jefe de Gobierno porteño no hizo lo suficiente para terminar con el “focazo de corrupción” que el mismo había denunciado en noviembre de 2003.
C. R.
En la fundamentación del dictamen, los miembros de la Comisión Investigadora de Cromañón aseguraron que el gobierno porteño, al no controlar en forma debida a los boliches y locales bailables, lo que podría haber evitado el siniestro en Cromañón, incurrió en “omisión en el ejercicio del poder de policía”, lo que constituye “un delito” por “acción u omisión”. El cuerpo legislativo consideró que el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, no hizo lo necesario para ponerle fin al “focazo de corrupción” que él mismo había denunciado en noviembre de 2003, cuando pasó a disponibilidad a 300 inspectores y a 200 empleados del área de Verificación y Control. Sobre la actuación en el incendio de los organismos oficiales que actuaron en el boliche de Once, se afirmó que “no existieron la insuficiencia o la impotencia de las capacidades estructural o funcional de respuesta” sino “la desarticulación, el caos y la ineficacia lindando con el inmovilismo de las infraestructuras técnicas y humanas que debieron ser adecuadamente desplegadas”.
La comisión admitió que en el caso Cromañón existió “la concurrencia (...) de la imprudencia parcial de asistentes al evento e incluso la avaricia económica de actores, gestores y agentes privados, no pueden asumir entidad determinante para diluir y menos todavía para exonerar las responsabilidades públicas por el deficiente uso de los elementos constituyentes de la capacidad de respuesta ante el desastre”. Los legisladores sostuvieron que el gobierno fue “insensible” frente “a los alertas institucionales previos a la tragedia”, entre los que mencionó el informe del hoy cuestionado defensor adjunto del Pueblo de la Ciudad, Atilio Alimena. Consideraron que tuvo también “una actitud negligente e inadecuada” para hacer cumplir la normativa vigente.
Denunciaron que la omisión del deber de policía tuvo la característica de una “abstención completa” en la noche del siniestro, lo que estaría demostrado por el exceso en un 250 por ciento del número de asistentes y del “cierre hermético” de la puerta de salida de emergencia, que se transformó de ese modo en “una trampa mortal”. Después del incendio, se habría puesto de manifiesto la “ineficaz política para la prevención y la atención de la emergencia”, lo que derivó en “la ausencia de coordinación” entre los organismos oficiales que participaron en el rescate de las víctimas. Eso provocó “degradación en la atención médica (...) en la clasificación de pacientes, en la asistencia primaria y en la evacuación y derivaciones” a los centros de atención de mayor complejidad.
Para justificar el pedido de juicio político a la síndico de la Ciudad, contadora Marcela Sánchez de Bustamante, la comisión citó una parte del testimonio que prestó, el 3 de abril pasado, la funcionaria:
–¿Estaba en funciones la Auditoría Interna, tal como está establecido en el artículo 122, inciso segundo, de la Ley 70? –preguntó el diputado Milcíades Peña, vicepresidente de la comisión.
–No tenemos Unidad de Auditoría Interna.
–A pesar de que es una orden expresa de la Ley 70 –insistió Peña.
–Sí, señor.
–¿Sabe que está incurriendo en incumplimiento de los deberes a su cargo? –volvió a cargar el diputado Peña.
–Sí –fue la respuesta de la funcionaria, quien luego consideró que, a pesar de lo dicho, está todavía en condiciones de seguir en el cargo que actualmente ocupa.
Uno de los puntos fuertes de la acusación son las pruebas aportadas que demostrarían que el local de Cromañón nunca podría haber sido habilitado para la organización de recitales. La conclusión a la que llega la comisión es que “no hubo una política adecuada de control de actividades comerciales” y hasta desliza que “los altos funcionarios estaban orientados a mantener y entablar una fuerte connivencia con la cámaraempresarial (Cedeba), convirtiendo la estricta aplicación de la ley en una cuestión pendiente de decisiones políticas”.
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