EL PAíS • SUBNOTA
La resolución del máximo tribunal cambia el tablero en materia previsional. ¿Qué pasará con los haberes? ¿Quién puede reclamar la recomposición de sus ingresos? ¿Qué caminos le quedan al Gobierno? Una guía para entender un fallo trascendente.
› Por David Cufré
–¿Habrá un aumento para todos los jubilados?
–No habrá una suba de haberes de manera directa. En principio, el fallo de la Corte Suprema beneficia al jubilado que reclamó por la pérdida de poder adquisitivo de sus ingresos. Se trata de Adolfo Badaro, un ex conductor de buques que percibía más de 1000 pesos de jubilación cuando estalló la convertibilidad. Desde ese momento y hasta diciembre de 2006, recibió un sólo aumento del 11 por ciento, contra una inflación del 91,2 por ciento y una suba de los salarios de los trabajadores activos del 88,6 por ciento en promedio. La Corte reconoció su derecho a una actualización de haberes que guarde relación con aquella evolución de los precios y de los sueldos de los activos. Determinó que su jubilación se ajuste de acuerdo al Indice de Salarios del Indec, que en el período en cuestión registró un alza del 88,6 por ciento. A ese nivel hay que restarle el incremento de 11 por ciento ya recibido.
–¿El fallo se extiende a alguien más?
–Sí, a las personas que se encuentren en igual condición que Badaro. Es decir, a quienes hayan iniciado un juicio contra el Estado porque su jubilación quedó desactualizada desde enero de 2002 a diciembre de 2006. La referencia es el 88,6 por ciento del Indice de Salarios. Esas causas terminarán con ese nivel de actualización.
–¿Cuántos juicios hay en marcha?
–Ni la Corte Suprema ni la Anses tienen un número preciso, pero se estima que alrededor del 50 por ciento de los jubilados que ganaban más de 1000 pesos a principios de 2002 acudieron a la Justicia. Serían unos 90.000, sobre un universo de 180.000. Sin embargo, también hay juicios de quienes percibían menos de 1000 pesos y sus ingresos quedaron igualmente debajo del umbral de 88,6 por ciento de actualización que ahora fijó el máximo tribunal. Este número es todavía más difuso.
–¿Qué pasa con los jubilados que no iniciaron un juicio hasta ahora y sus haberes también se encuentran retrasados frente al Indice de Salarios?
–Pueden empezarlo en este momento, pero tienen un plazo de prescripción de dos años. Ya no tienen chance de recuperar lo perdido desde 2002 en adelante por vía judicial, sino sólo desde 2005.
–¿En qué situación quedan quienes no plantearon una demanda contra el Estado ni lo piensan hacer?
–Si el Gobierno no corrige la situación con una ley general, seguirán cobrando lo mismo que ahora, más los incrementos que se den de aquí en adelante.
–¿Qué pasa con quienes recibieron aumentos superiores al 88,6 por ciento entre 2002 y 2006?
–Como sus ingresos rebasan el incremento del Indice de Salarios, no tienen motivos para formular ningún reclamo.
–¿Cuánto subieron las jubilaciones desde 2002?
–La estrategia del Gobierno fue ir aumentando la mínima, que estaba sumamente retrasada después de 12 años de congelamiento. Los que ganaban 200 pesos cuando empezó la gestión de Néstor Kirchner lograron hasta el momento una mejora del 198,2 por ciento, incluidos los incrementos de 13 y 12,5 por ciento que se concedieron este año. Los que cobraban 220 pesos obtuvieron una recomposición del 171,9 por ciento. Para las jubilaciones de 240 pesos la suba fue del 148,5 por ciento, para las de 260 del 129,3 por ciento, para las de 280 del 113,0 por ciento, para las de 308 del 93,6 por ciento, para las de 350 del 70,4, para las de 390 del 52,9, para las de 531 a 1000 pesos del 56,2 por ciento y para las de más de 1000 del 41,1 por ciento. Como la Corte toma el plazo de 2002 a 2006, los últimos ajustes generalizados del 13 y 12,5 por ciento no están contemplados en su cálculo del Indice de Salarios que arrojó una suba del 88,6 por ciento. Si estos aumentos se restan, se llegaría a una suma 21,3 por ciento inferior a los montos mencionados.
–¿Cómo es el actual sistema de movilidad de las jubilaciones y qué dice la Corte?
–En agosto de 2006, el máximo tribunal dictó un primer fallo frente al reclamo de Badaro. Ordenó la recomposición de su haber, pero dejó la solución en manos del Congreso. Los legisladores estaban en deuda desde 1995 con la creación de un sistema de actualización de las jubilaciones. La Corte exhortó al Parlamento a establecer un índice objetivo de movilidad. Sin embargo, la mayoría oficialista en ambas cámaras siguió el criterio sugerido por el Gobierno: fijar la movilidad a través de la Ley de Presupuesto. El aumento de jubilaciones debería quedar plasmado año a año a través de esa ley, pero no en base a un parámetro objetivo, como podría ser cuánto aumentaron los sueldos de los trabajadores activos, sino como una decisión prácticamente discrecional. Para 2007, el incremento que se pautó en el Presupuesto fue de 13 por ciento. En la resolución que dictó ayer, la Corte rechaza ese mecanismo e insiste con que debe crearse un índice objetivo, y propone el Indice de Salarios del Indec.
–¿Qué es el Indice de Salarios?
–El Indec elabora este indicador tomando como referencia la evolución de los sueldos de los trabajadores registrados, de los que se desempeñan “en negro” y de los empleados públicos. Al promediar esos resultados, llega a un nivel general, que es la referencia que la Corte utilizó para el fallo Badaro. Este índice no sufre por el momento los cuestionamientos que cosecharon otros indicadores oficiales, como el de la inflación. El máximo tribunal lo considera transparente.
–¿Cuál es el criterio que tomó el máximo tribunal para fijar la movilidad de la jubilación de Badaro y qué propone para el resto de los jubilados?
–Que los haberes mantengan relación con el sueldo de los trabajadores activos. El espíritu del fallo es que los ingresos de los jubilados no queden rezagados frente a la inflación. También busca resguardar el derecho de que ganen más aquellos que aportaron más. Las constantes subas de la mínima desde 2002 fueron achatando la pirámide salarial. Eso se aprecia en el hecho de que en 2001 el 17 por ciento cobraba la mínima y ahora lo hace el 73 por ciento.
–¿Qué ocurrirá si el Gobierno no crea un índice de movilidad objetivo?
–Los jubilados se verán forzados a reclamar ante la Justicia y seguramente la Corte les dará la razón en caso de haber recibido aumentos que no hayan resguardado el poder de compra de sus ingresos. El máximo tribunal le pide al Gobierno y al Parlamento que evite esa situación y dicte una ley objetiva. Si no lo hacen, los jubilados que ganan menos y tienen menores posibilidades reales de iniciar un juicio volverán a verse perjudicados, mientras que los que sí acudan a la Justicia seguirán atiborrando los tribunales con sus demandas. La Corte asegura que todo lo que puede hacer es reparar la situación de quienes inicien un juicio, pero que es responsabilidad del Ejecutivo y del Legislativo dar una solución de fondo a la cuestión, que evite la multiplicación de los pleitos.
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