Dom 24.07.2011

ESPECIALES • SUBNOTA

Los observadores preguntan, Gregorio Badeni responde

María O’Donnell: Me quedé pensando, escuchando al doctor Badeni con esta idea de que hay vida desde el momento mismo de la concepción. ¿Qué opina sobre los casos de violación? Hay un debate incluso acerca de lo que la ley argentina dice al respecto, si están permitidos o no los abortos en caso de violación. Y si la idea de que hay vida desde el momento mismo de la concepción no es una idea que tiene también una concepción religiosa, ética, dentro de un Estado laico. Si es una concepción la idea de que la vida está desde el momento mismo de la concepción y que un aborto significa matar a un niño, una vida, no tiene que ver con concepciones que en todo caso son del orden de lo privado y personal de cada uno.

G.Badeni: El artículo 4 del Pacto de San José de Costa Rica, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que no rige solamente para la Argentina, rige para todos los países del continente americano que se adhirieron a él, establece categóricamente que la vida de las personas comienza desde el momento de la concepción, nos guste o no nos guste, eso es lo que dice la ley. La Convención sobre los Derechos del Niño también establece exactamente lo mismo. Que el niño es toda persona que fue concebida. Entonces yo no puedo hablar de un feto, no puedo hablar de un preembrión, no puedo hablar de una cosa. Tengo que hablar de lo que la ley ya dice que es una persona, que es alguien que tiene vida, que según la ley puede ser titular de derechos; puede ser titular de una donación; puede heredar; puede ser titular de derechos alimentarios, reclamar que se lo alimente; puede a su vez generar derechos indemnizatorios para un pariente con motivo de fallecimiento de eso que todavía no nació. Es decir es un ente. Es un ser que ya tiene vida, que se desarrolla, y así lo acepta. Al margen de lo que diga la religión, la legislación dominante en los países democráticos constitucionales. Por supuesto que los valores absolutos pueden generar ciertas cuotas de injusticia en casos aislados. Pero la injusticia lamentablemente es algo con lo que convivimos permanentemente. La injusticia social, los abusos de derecho de los cuales somos víctimas. Pero eso en modo alguno puede justificar que seres inocentes que la Convención de los Derechos del Niño les dice: “Ustedes tienen derecho a la defensa en juicio, pero los matamos sin darle la oportunidad de defenderse”.

M.O’D.: ¿Pero aún en caso de una violación entonces usted está en contra del aborto?

G.B.: Por qué vamos a hacer recaer en el niño, la conducta aberrante del violador. Eso es remontarnos a la Edad Media cuando los hijos padecían las faltas que habían cometido sus padres. Pero la criatura que va a nacer qué culpa tiene de que su padre haya sido un degenerado, un violador. Por qué él va a pagar por lo que hizo otra persona.

Alberto Kornblihtt: Quisiera preguntarle al doctor Badeni. Si uno mira el planisferio, en la mayor parte del Hemisferio Norte, incluyendo Canadá, Estados Unidos, la mayor parte de Europa, Rusia, India y Asia, no está penalizado el aborto. No está penalizado cuando hay motivos objetivos, objetivables, como puede ser peligro para la salud de la madre, alguna enfermedad hereditaria comprobada en el bebé que va a nacer, violación. Pero en muchos países no está penalizado por el simple pedido de la mujer como parte de la planificación familiar. Mi pregunta es: ¿usted piensa o qué es lo que la ley dice en esos países, se considera que la destrucción de un embrión o de un feto es equiparable del homicidio?

G.B.: Evidentemente no, en función de la idea social dominante en esas comunidades no es así. En función de la idea social dominante de los Estados Unidos o Canadá se considera en definitiva que un niño no nacido es una cosa. Como no la tocamos, no la percibimos, no recibimos su llanto, no recibimos sus caricias, no es una persona para nosotros. Entonces se permite el aborto. En algunos casos con limitaciones hasta determinada época, en otros casos no. Pero esa es la realidad. Yo no critico la idea sociopolítica dominante de esos países. Esa es la idea de ellos. Yo lo que trato de defender es una idea sociopolítica a la cual me inscribo y conforme a ella la persona concebida ya es un sujeto de derecho, porque así lo establecen los tratados internacionales sobre derechos humanos, que no solamente los debemos invocar sino que los debemos cumplir fielmente.

A.K.: ¿Pero estos países no firmaron esos tratados?

B: Estados Unidos no firmó la Convención Americana sobre Derechos Humanos

A.K.: Pero los otros países sí.

G.B.: Los países europeos no, porque es una convención americana. Pero, por ejemplo, en muchos países americanos como es el caso de Venezuela y Argentina existen las excusas absolutorias, que no es la despenalización del aborto, sino considerar que en determinadas circunstancias no se comete el delito de aborto como ocurre con el artículo 86 de nuestro Código Penal.

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