SOCIEDAD › EN LA COMISIóN DE JUSTICIA TRATARáN PROYECTOS SOBRE EL ABORTO NO PUNIBLE EN CASOS DE VIOLACIóN

Un debate que llega con retraso al Senado

Hay cuatro proyectos en danza en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales. Tres proponen aclarar el artículo 86, que considera no punible el aborto en casos producto de una violación. El cuarto, que propone castigarlo, es de la ultracatólica Negre de Alonso.

 Por Horacio Cecchi

Hoy, a partir de las 16.30, la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado nacional abrirá sus puertas a una audiencia pública en la que participarán expertos, y en la que se tratará un antiguo reclamo de los organismos sociales que defienden los derechos de las mujeres, especialmente el derecho a decidir sobre sí mismas y la salud, reclamo que ya debería haber pasado a la historia por cumplido: el aborto no punible cuando de por medio existió una violación, tal como lo habilita el Código Penal en el inciso 2 del artículo 86. ¿Y si no es punible, cuál es el debate? Médicos con temor a denuncias penales, ultracatólicos dispuestos a denunciarlos, jueces dispuestos a aceptar denuncias de hechos que no configuran delito, y la sombra rancia del establishment de la Iglesia logran atravesar a la Justicia. Y a las mujeres. Cuatro proyectos serán tratados en la comisión: tres proponen aclaraciones sobre el inciso 2, para evitar dobles sentidos y que la mujer embarazada por una violación pueda decidir sin necesidad de intervención judicial. El cuarto pertenece a la senadora Liliana Negre de Alonso y propone que el inciso 2 sea derogado, o sea, que la mujer violada, cualquiera sea su condición, lisa y llanamente se la banque.

El artículo 86 del Código Penal establece dos excepciones a la penalización del aborto. Sostiene que “no es punible 1) si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente.” El inciso 2 es el que está en debate en la comisión, ya que todos los proyectos se dirigen a él, lo aclaran, modifican o anulan.

Según recordaron en la comisión, el inciso 2 fue incorporado como decreto por el onganiato; en el ’73, Cámpora derogó todos los decretos de la dictadura anterior y entre ellos el inciso 2 del ’86; el dictador Jorge Rafael Videla volvió a decretarlo y la ley de Defensa de la Democracia, la 23.077, derogó todos los decretos pero incorporó el inciso 2 tal como existe hasta hoy. Según la misma fuente de la comisión, la redacción fue tomada del Código alemán, pero mal instrumentada en el texto. Y quedó como quedó.

La comisión tiene 16 miembros y está encabezada por la senadora Sonia Escudero, que ingresó por el FpV salteño y ahora forma el bloque Justicialista 8 de Octubre. Escudero decidió abrir el debate en torno del inciso 2. La senadora formoseña del FpV Adriana Bortolozzi de Bogado –oficialista pero públicamente conocida porque dio quórum a la oposición en el debate sobre la designación de Mercedes Marcó del Pont al frente del Banco Central– presentó dos proyectos, el S72/10, ingresado a comisión el 11 de marzo de este año, y el S588/10, ingresado el 26 de abril pasado. En ambos, la legisladora hace hincapié en el inciso 2, al que modifica habilitando al aborto por embarazo surgido de una violación, en el primero simplemente “si el embarazo proviene de una violación”, o si “presenta un feto anencefálico o con cualquier otra anomalía que implique la muerte extrauterina inmediata o inminente”; y en el segundo proyecto, lo habilita si se trata de un embarazo por violación, “dentro de las doce semanas de gestación, con los recaudos de los informes psicológicos y sociales y el consentimiento informado de la gestante o de su representante legal, no requiriéndose intervención judicial”.

En ese mismo sentido, el proyecto de Elena Corregido, al que se sumaron José Martínez, María Díaz, Teresita Quintela, Nanci Parrilli y Ana Corradi de Beltrán, catalogado como S397/10, fue ingresado a la comisión el 23 de marzo pasado y modifica el artículo 86 estableciendo como no punible el aborto cuando “1) Se realiza para evitar un peligro para la salud o la vida de la mujer; 2) La mujer necesita recibir tratamiento médico, y éste estuviera contraindicado durante el embarazo; 3) El embarazo fuera consecuencia de una relación sexual no consentida o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer”. El artículo agrega que “en ningún caso se requerirá la opinión de un Comité de Etica” –la cornisa de la que habitualmente se cuelgan las denuncias ultracatólicas–; sostiene que “el concepto salud será interpretado de manera integral como el estado completo de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad”. Y aunque reconoce la posibilidad al médico de ser objetor de conciencia, obliga a la institución a resolver ese paso al costado “en un plazo máximo de tres días”, bajo amenaza de dejar a las autoridades comprendidas bajo el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.

El último de los proyectos, en realidad el que primero ingresó a la comisión, el 11 de marzo del año pasado, bajo el expediente S62/09, propone una regresión en la historia. Corresponde a la senadora Liliana Negre de Alonso y a su referente, el ex presidente por siete días Adolfo Rodríguez Saá. En su texto, de buenas a primeras, propone anular el inciso 2, es decir, en su propuesta vaya y pase que se admita el aborto no punible cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer, pero ni pensar en legalizarlo si se trata de un embarazo producto de una violación.

Hoy, antes de que la comisión inicie su debate interno, fueron invitados a plantear su opinión especialistas como la camarista de San Martín, Lucila Larrandart; la directora de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Andrea Gualde; el ginecólogo y presidente del Comité de Bioética Asistencial, Mario Sebastiani; y la coordinadora de Católicas por el Derecho a Decidir, Marta Alanís.

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El aborto no punible en casos de violación ya no debería ser motivo de discusión jurídica.
Imagen: Ana D’Angelo
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