SOCIEDAD › EL FISCAL PIDIó CUATRO AñOS MENOS QUE LO SOLICITADO POR LA FAMILIA
El fiscal Horacio Fornaciari pidió que se condene a dos años de prisión al ex comisario Miguel Angel Espósito por la detención ilegal del adolescente Walter Bulacio antes de un recital de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota en 1991, tras lo cual fue llevado a una seccional y luego murió.
En la etapa de alegatos ante el Tribunal Oral en lo Criminal 29, Fornaciari solicitó que el imputado reciba esa pena por “privación ilegal de la libertad”, que es el delito por el que Espósito llegó a juicio. La abogada querellante, María del Carmen Verdú, sostuvo que “fue un buen alegato, de seis horas, pero el fiscal no tuvo en cuenta ninguno de los agravantes: la condición de menor de Walter, la condición de comisario de Espósito y el grave daño a la salud”.
Según Verdú, Fornaciari aclaró de entrada que tenía algunas diferencias con la querella y solicitó esa pena menor “porque interpretó que Espósito no fue el único responsable” de lo ocurrido con Bulacio.
El viernes pasado, la querella había pedido seis años de prisión para Espósito, el máximo de la pena para el delito por el que se lo juzga, y consideró que hubiera preferido esperar otros veinte años más, pero que en el debate se discutieran las torturas y la muerte de Bulacio, las cuales el Estado argentino reconoció y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tuvo por probados.
El juicio continuará el jueves con el alegato de la defensa de Espósito, ejercida por el abogado Pablo Argibay Molina. Finalmente, se le dará al imputado la posibilidad de decir sus “últimas palabras”, aunque nunca concurrió a las audiencias por problemas de salud y el tribunal, integrado por los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack, dará el veredicto en una fecha a definir.
Los hechos ocurrieron el 19 de abril de 1991 en inmediaciones del Estadio Obras Sanitarias, de Núñez, donde se iba a desarrollar el recital, y centenares de personas que se dirigían a ese escenario fueron detenidas por la policía, entre ellas Bulacio. Quienes detuvieron al joven en su momento invocaron el Memorando 40, una disposición pergeñada por dos magistrados correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios a no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres. Bulacio murió como consecuencia de un “aneurisma no traumático” tras ser alojado en la comisaría 35, pero Espósito sólo fue procesado por su detención ilegal y nunca por “torturas seguidas de muerte”.
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