Jue 27.03.2014

SOCIEDAD  › LA CIDH DEBATE UNA DENUNCIA CONTRA ARGENTINA POR LA PRISION PERPETUA A UNA MUJER

Un fallo con “mirada sexista”

Una mujer en Salta fue condenada como partícipe en el homicidio de su marido en 2001 y desde entonces está en prisión. Entre otros estereotipos y prejuicios, la sentencia indaga en el color de su ropa interior. El caso llegó a la Comisión Interamericana de DD.HH.

› Por Mariana Carbajal

A los 27 años, Sandra Beatriz Chaves fue condenada por un tribunal de Salta junto a su padre, Marcos Gilberto Chaves, a la pena de prisión perpetua, por la supuesta participación y comisión –respectivamente– del delito de homicidio, calificado por alevosía y por el vínculo, de su esposo, José Antonio González. La sentencia estuvo cargada de prejuicios, estereotipos de género y miradas sexistas. Se basó en indicios más que en pruebas concretas y objetivas, al punto de que los jueces indagaron sobre el color y la forma de la ropa interior de la joven, sus preferencias y hábitos sexuales, y se refirieron a ella como a una “viuda alegre” para concluir su supuesta culpabilidad en el crimen. Por este fallo, dictado en 2001, y por el hecho de que hija y padre no tuvieron el derecho a que fuera revisado en instancias superiores –se les negó por razones formales–, el Estado argentino fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El organismo admitió la petición en 2009 y el lunes el caso se debatió en una audiencia pública en Washington, en la que participó la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, en representación de Sandra y Marcos Chaves, y la ministra de Justicia de Salta, Cintia Calletti, en nombre del Estado argentino. Calletti propuso una “solución amistosa”. Sandra y Marcos, mientras tanto, llevan 14 años “injustamente” presos, advirtió la defensora general.

González fue asesinado en la vivienda que compartía con Sandra y sus hijos, en la ciudad de Salta, en 1995. Trabajaba en la carnicería de su suegro. Marcos Chaves tenía además varios autos que explotaba como remises. “Una madrugada alguien ingresa a la casa y le da dos disparos a González. El arma nunca fue encontrada, ni se sabe cuál se usó para matarlo. No hay prueba concreta de que el padre haya estado en el lugar del hecho, ni hubo ninguna evidencia de que ingresó a la casa donde ocurrió la muerte. La sentencia fue muy mala, se basó en prejuicios y estereotipos de género. Los jueces, por ejemplo, evaluaron que Sandra no tenía la actitud esperable en una viuda, llegan a hablar en la sentencia de ‘viuda alegre’ y de su supuesta ‘frialdad’”, contó a Página/12 Gustavo Iglesias, coordinador de la Comisión de Derechos Humanos de la Defensoría General de la Nación. A ella se le imputa haberle abierto la puerta al asesino. Los jueces le cuestionaron a la joven haber participado de una despedida de soltera de una pariente días después de la muerte de su esposo, y así construyeron su supuesta culpabilidad en el crimen, agregó Iglesias. “En el juicio se discute, entre otras cuestiones, si ella tenía un amante, y para probarlo se habla de las marcas que tiene en su cuerpo y el color de la ropa interior que usaba”, apuntó.

La sentencia condenatoria fue dictada por un tribunal salteño el 8 de junio de 2001. Hija y padre presentaron un recurso de Casación en contra del fallo, que les fue negado el 11 de septiembre de 2001 y, posteriormente, un recurso extraordinario federal, que fue rechazado por la Corte Suprema el 29 de abril de 2003, con la conformación anterior del máximo tribunal.

Familiares de Sandra y Marcos llevaron en 2003 el caso a la CIDH, por considerar que durante el proceso judicial se violaron distintos artículos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos. En la denuncia se alega que se violó su derecho a una revisión de la condena por un tribunal superior, dado que tanto la Corte salteña como el máximo tribunal del país rechazaron los recursos interpuestos a su favor, por cuestiones meramente formales. Además se alega que los jueces violaron el debido proceso y la presunción de inocencia de los acusados, al emitir la sentencia condenatoria en base a pruebas indiciarias, sin haber tenido ninguna prueba firme de lo sucedido, habiendo hecho uso de transgresiones a la vida privada de Sandra y sin tomar en cuenta los testimonios de los hijos del matrimonio, que estaban en el lugar donde ocurrió el crimen de su padre. “Los chicos declararon en el juicio y afirmaron que ellos estaban con su mamá cuando escucharon los dos disparos, es decir, Sandra no pudo haber disparado. Uno de ellos dice que vio una sombra ingresar a la casa. Pero los jueces descalificaron los dichos de los hijos bajo el argumento de que ‘los niños viven en un mundo de fantasías y ven una realidad distinta de la de los adultos’”, señaló Iglesias. También se cuestiona que los magistrados hayan construido la supuesta culpabilidad de la joven en base a sus hábitos alimentarios: el tribunal sostuvo que por padecer anorexia nerviosa Sandra tenía una natural inclinación a cometer homicidios o lesiones gravísimas.

La defensora general es copeticionante en el caso contra el Estado argentino. Durante la audiencia que tuvo lugar el lunes, en Washington, Martínez indicó que el trato dispensado a Sandra, a su padre y a sus hijos fue incompatible con la protección de derechos humanos a que está obligado el Estado. Además destacó que la sentencia condenatoria resultó contraria a la Convención, por el empleo de criterios discriminatorios y de peligrosidad, en tanto la culpabilidad de Sandra “se dedujo de supuestas características personales”. En la audiencia, la ministra de Justicia de Salta, en representación del Estado argentino, subrayó los avances legislativos en materia procesal penal posterior a los hechos del caso –la posibilidad de revisar la sentencia en segunda instancia–, enumeró las capacitaciones para incorporar la perspectiva de género en la Justicia de la provincia y ofreció una solución amistosa que será analizada por la Defensoría General de la Nación. “Pero no dijo nada en relación con la situación de Sandra y de Marcos, que están presos hace catorce años”, observó el coordinador de la Comisión de Derechos Humanos de la DGN.

Marcos Chaves tiene 72 años y cumple prisión domiciliaria, por su edad y porque padece problemas de salud. Su hija está detenida en una cárcel de mujeres.

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