SOCIEDAD
› DOS MAESTRAS JARDINERAS PROCESADAS POR LAS MORDEDURAS DE UN CHICO A OTRO
Un delito que deja los dientes marcados
Ocurrió en mayo de 2001 en un jardín de infantes: un nene de 21 meses mordió en 13 lugares a un bebé de cinco. Ahora, la Cámara confirmó el procesamiento de las dos maestras de la sala. Están acusadas de “lesiones culposas” al no haber evitado el incidente.
› Por Andrea Ferrari
En una descripción fría se podría decir que se trata de un caso más de violencia que llegó a la Justicia. El agresor atacó a su víctima y le dejó trece marcas en distintas partes del cuerpo y la cabeza. Sólo que las circunstancias lo vuelven único e insólito: sucedió en un jardín maternal porteño y sus protagonistas fueron un nene de un año y nueve meses –el “agresor”– y un bebé de cinco meses que dormía pacíficamente en su cuna cuando fue objeto del ataque a mordiscones. La Sala IV de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal recientemente confirmó el procesamiento de dos maestras jardineras a las que se acusó de “impericia y negligencia” por no haber evitado el incidente ocurrido en el jardín del Colegio Esteban Echeverría.
El caso, que aún se sigue tramitando en los tribunales porteños, empezó el 22 de mayo de 2001, cuando la madre del bebé, identificada con las iniciales G.B., recibió un llamado del jardín maternal en el que le informaron que su hijo P. había tenido un incidente con otro chico. Al llegar vio que su bebé había sido mordido en el cuerpo y la cabeza. Las autoridades de la escuela ya habían llamado entonces al servicio médico y P. fue conducido al Sanatorio Mitre para ser observado. Los padres del bebé decidieron presentar una denuncia en la Justicia.
En la causa declararon los médicos del servicio de emergencia que primero vieron al bebé. La doctora Cristina Kravchuk contó que las maestras le explicaron que el chico había sido agredido por un compañero y que vio en su cuerpo “lesiones por mordedura” que eran “eritematosas, de color rojo, en la espalda, en los brazos y en la cabeza”. Lo mismo señaló el enfermero que la acompañó.
Las dos maestras procesadas (sus nombres se omiten para preservar su situación hasta el final de la causa) declararon ante la Justicia que estaban cumpliendo tareas propias a su función, cambiando pañales y dando la mamadera a un bebé, y no oyeron nada. Recién al notar que P. estaba despierto, una de ellas se acercó a levantarlo “observando que presentaba unas manchas con apariencia de ronchas”. También fue citada la directora del nivel inicial, Liliana Aracre, quien explicó que en el jardín maternal la sala de deambuladores se encuentra junto a la de lactantes, lo que explica el contacto entre ambos chicos.
Aunque ni el nene que mordió al bebé ni sus padres fueron responsabilizados, la mamá también fue convocada a declarar. Explicó que en una oportunidad cuando fue a retirar a su hijo del jardín la vicedirectora le comentó que “había mordido a un nene de cuatro meses que era de la sala de lactantes”. Este diario se comunicó con la escuela, pero sus autoridades no quisieron hacer ningún comentario sobre el caso.
Los propios camaristas admiten que el planteo “es harto complejo”. Al analizar la situación de las maestras, destacan que las lesiones “no se produjeron por la acción de éstas, sino por el contrario, por la omisión de actuar debidamente”. El que omite, dicen los jueces Alfredo Barbarosch y Mariano González Palazzo, es quien “tiene el concreto deber de evitar el resultado descripto en un tipo penal y no lo realiza por alguna de las causales de la culpa (imprudencia, negligencia o impericia)”. Y sólo puede acusarse de omisión a quien es responsable en una determinada situación, lo que la Justicia denomina “situación de garante”. Una definición que cabe a las maestras al frente de un grupo de niños.
Por eso, los jueces consideran que en este caso la omisión de las maestras surge de forma evidente “al examinar la gravedad de las lesiones, ello por cuanto se identificaron en el cuerpo más de 13 mordidas, lo cual hace presumir que no se debió a un hecho repentino, sino que para lograr esa cantidad de lesiones el agresor debió realizarlas en un tiempo prolongado –aun cuando las imputadas afirmen que estaban desarrollando tareas relacionadas con su trabajo–, debieron prevenirlo, máxime si tenemos en cuenta que resulta casi inaceptable que un bebé de esa edad no llore y siga durmiendo al recibir tamaño dolor”.
La conclusión de los camaristas tras analizar las pruebas presentadas es que las maestras “obraron con negligencia e impericia en la actividad que desarrollaban en ese momento”. Por eso confirman el procesamiento de las dos docentes al considerarlas penalmente responsables del delito de lesiones culposas.