La filial argentina de Coca-Cola deberá indemnizar con más de medio millón de pesos a un trabajador al que despidió acusándolo de tener archivos pornográficos en su computadora, aunque ello no pudo probarse por desidia de la empresa, según un fallo judicial. La Cámara Laboral consideró que no estaba probado que el empleado –con 22 años de antigüedad y ninguna sanción disciplinaria– hubiera hecho tal cosa. Si bien los camaristas reconocieron que una auditoría “da cuenta de la existencia de material de contenido sexual en una PC de la demandada (la empresa), no es posible establecer sin lugar a dudas quién lo introdujo”. En ese sentido explicaron que “una empresa de la envergadura de la demandada debería haberse tomado recaudos a fin de resguardar la prueba tendiente a demostrar su postura y mantener la PC en cuestión inalterada hasta que se decidiera la suerte del conflicto. Sin embargo, no lo hizo”. Por entonces, Coca-Cola sólo se limitó a realizar una auditoría que “no revela la efectiva vinculación entre la conducta que se le endilga al actor y los hechos en cuestión”. Por esas razones, el tribunal condenó a la multinacional a indemnizar al trabajador despedido con 522.366,55 pesos, más intereses a contar desde la fecha del despido.
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