Lun 16.05.2016

SOCIEDAD  › HERRAMIENTAS JURíDICAS PARA ENFRENTAR A LA POLICíA CORDOBESA

Un kit contra los abusos

Los organizadores de la Marcha de la Gorra en Córdoba crearon el Kit de la Resistencia, que da herramientas legales para evitar detenciones ilegales. Figuras como el “merodeo rural”, “afectar el honor o decoro” habilitan a la policía a detener arbitrariamente.

› Por Leonardo Rossi

Desde Córdoba

Organizarse contra el abuso policial es la consigna. Y para eso hay que crear nuevas estrategias. Así lo entendió el Colectivo de Jóvenes por Nuestros Derechos, organizadores de las populares Marcha de la Gorra que cada año colman las calles cordobesas. Frente a la arbitrariedad ya no sólo basta con denunciar sino que se hace necesario aprehender otros lenguajes, en este caso el jurídico. Así nació el Kit de la Resistencia, una novedosa caja de herramientas para poder enfrentar al nuevo Código de Convivencia que rige en la Provincia, mediante el cual “la Policía sigue teniendo la ilegítima facultad según puras subjetividades de decidir cuándo una persona está infringiendo la ley”.

El nuevo esquema normativo llegó para reemplazar al viejo Código de Faltas, denunciado una y otra vez por inconstitucional desde diversos organismos de derechos humanos y espacios académicos. Dos cuestiones, entre muchas otras, eran señaladas del código anterior. Por un lado que permitía que la propia policía detenga y juzgue sin garantizar la defensa. Y como símbolo, se apuntaba hacia la vaga figura de “merodeo” que daba lugar a las más variadas interpretaciones para detener, como denuncia el Colectivo de Jóvenes, a “pibes pobres por portación de rostro”. Los últimos datos de organismos de derechos humanos hablan de más de 70 mil detenciones anuales por este código.

El Código de Convivencia introdujo varios cambios. En su artículo 119, aclara que la autoridad competente para juzgar serán los ayudantes de fiscales en las ciudades con estructura del Poder Judicial y los jueces de Paz en el resto de la Provincia. Además, se establece que el infractor puede nombrar un abogado de su confianza, y en caso de carecer de uno se le designará de oficio. Otro punto destacado es que se establece un límite temporal de ocho horas para la detención preventiva, mientras que con el otro marco podía extenderse hasta tres días.

A pesar de estos cambios, diversas organizaciones sociales entienden que “todavía se sostiene una matriz represiva y punitiva del Código de Faltas anterior, con figuras muy vagas, por lo que se hace necesario estar preparados para una situación de detención arbitraria”, explica Lucrecia Cuello del Colectivo de Jóvenes. Junto a la Biblioteca Bella Vista, Juventud Nueva Barranca, el Encuentro de Organizaciones y otros espacios plantearon que “trabajar la línea jurídica es una de las formas de hacer frente al código”.

Fue así que nació el Kit de la Resistencia (descargable en www.marchadelagorra.org). A lo largo de 79 páginas analiza el nuevo marco, realiza una comparación con el anterior, aporta una guía de teléfonos y direcciones útiles para casos de privación de la libertad, y finalmente brinda modelos de herramientas jurídicas para presentar ante diversos escenarios de detención. Por ejemplo, se puede descargar una ficha de pedido de cese de arresto, otra de revisión judicial o la de recupero de libertad.

El trabajo se realizó junto con abogados que acompañan a estas organizaciones, quienes precisaron “qué procedimiento se debe realizar en cada caso” para lo cual “hay que tener bien en claro el código”. Fue en esa línea que comenzaron a realizar talleres para que este conocimiento tenga divulgación en los territorios más golpeados por el abuso policial. “Lo pusimos en internet, empezamos a hacer reuniones para socializarlo, y se está trabajando en un diseño accesible a cualquier persona para que se apropie de esta información”, destaca la militante social.

Desde el Colectivo de Jóvenes saben que quedan varios grises que al igual que en el código anterior permiten la arbitrariedad policial. Por ejemplo, el artículo 53 refiere a sancionar con arresto de hasta tres días a quien “valiéndose de las aglomeraciones de personas en lugares públicos, sitios privados de acceso público o unidades de transporte público realice en forma deliberada roces, tocamientos o manoseos en evidente actitud libidinosa o de acoso, que pudiera afectar el honor o decoro de otra persona”. En el kit se explica que este artículo se interpone con la figura de “abuso sexual” del derecho penal, por un lado, pero además “describe un hecho de manera vaga, imprecisa, y de manera tan vacua que no habla de una víctima concreta”, lo que permite “una aplicación ridícula, como a dos personas besándose, ya que una tercer persona puede sentirse afectada en su honor y decoro”. Similar situación se plantea en el artículo 82, al hablar de “ebriedad o intoxicación escandalosa”, otra cualidad que abre múltiples interpretaciones.

Si desterrar la figura del merodeo era un objetivo de las organizaciones populares, el nuevo código permite una segregación mayor que el anterior. Mientras que se eliminó esta tipificación para las zonas urbanas, permanece en áreas rurales. El artículo 71 habilita a sancionar con hasta tres días de arresto a quienes “merodearen establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales o mineros, o permanecieran en las inmediaciones de ellos en actitud sospechosa, sin una razón atendible, según las circunstancias del caso, o provocando intranquilidad entre sus propietarios, moradores, transeúntes o vecinos”.

Este tipo de articulado lleva al Colectivo de Jóvenes a plantear que “las cosas no han cambiado tanto”, dice Cuello. En las próximas semanas comenzarán a relevar las detenciones arbitrarias producto de este nuevo marco que rige en la Provincia. “Sabemos cómo actúa la Policía. Aunque cambie el código la persecución a los jóvenes por portación de rostro va a seguir, queremos constatar eso, y estar lo mejor preparados para hacerle frente”, remata la militante social.

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