Jue 08.09.2005

SOCIEDAD • SUBNOTA  › DOS JUECES EXPLICAN SU POSTURA

“Esta ley no sirve”

› Por Carlos Rodríguez

El juez Martín Vázquez Acuña, miembro del Tribunal Oral 1 de la Capital Federal, se manifestó en contra de las medidas “netamente punitivas” que están contempladas tanto en las leyes penales como en las del fuero civil. Puso como ejemplo la Ley de Estupefacientes (23.737) o el artículo 482 del Código Civil que prevén “la internación compulsiva” de un usuario de drogas ilegales, por pedido de familiares o de un fiscal, cuando lo único que se hace es “darle medicación, ponerle un ‘chaleco químico’ que no constituye una terapia y que atenta contra la dignidad de la persona”. Otro juez penal, Luis Niño, del Tribunal Oral 20, también cuestionó la judicialización de los casos de “tenencia simple o de tenencia para consumo, que constituyen el 60 por ciento de las causas que llegan a la Justicia; la mayoría son archivadas y sólo el tres por ciento llega a una pena, lo que está indicando que esto no sirve para combatir el problema” del narcotráfico. Otro dato estadístico, aportado por el diputado socialista Eduardo García, señala que “el 97,3 de los detenidos por la Ley de Estupefacientes tenían menos de cinco gramos” de droga.
García coincidió en criticar la penalización del consumo y aseguró que se trata de “una postura superficial, de la sociedad y de la dirigencia, que piensan que la solución pasa por castigar, porque se dice que consumir es delito y el consumidor un peligro social, cuando está probado que el 87 por ciento de las personas no tienen antecedentes penales ni estaban armados” al momento de ser detenidos. Los dos magistrados y el diputado García, entrevistados por Página/12, expondrán sus ponencias en el Primer Simposio Regional de Legisladores y Jueces.
El juez Vázquez Acuña anticipó su posición contra la judicialización de los usuarios de drogas prohibidas. “Tanto las leyes penales como las civiles contemplan medidas netamente punitivas” que hacen que, “en lugar de hacer cumplir las penas previstas, se someta al usuario a un tratamiento sin su consentimiento y sin tener en cuenta el derecho de esas personas”. Para Vázquez Acuña, “lo que supuestamente se decide a favor de estas personas, se vuelve en contra de principios básicos como el de protección de la dignidad, dado que se los somete a tratamientos que los obligan a trabajar todo el día, que les impiden mantener contacto con sus familiares o tener relaciones sexuales”. El juez dejó planteado el siguiente interrogante: “¿Cómo resguardamos el derecho de esas personas?”.
Vázquez Acuña cuestionó los tratamientos “en establecimientos no idóneos” donde “lo único que se hace es medicarlos, ponerles un ‘chaleco químico’ sin tomar en cuenta sus derechos sociales, con el único propósito de ‘calmar’ al paciente, tal como se hace con las personas internadas en un neuropsiquiátrico”. El juez sostuvo que “sin ser médico”, está en condiciones de asegurar que “ese tratamiento compulsivo no sirve porque no está comprobado que tenga resultados positivos, dado que se parte de la teoría de la abstinencia, del sufrimiento, y eso va en contra del pacto sobre derechos civiles y políticos”.
El juez admitió que uno de los problemas es que “no hay una norma internacional específica” que garantice el derecho de los consumidores de drogas prohibidas y en ese sentido se manifestó a favor de que el tratamiento compulsivo se disponga “sólo en casos extremos y por el tiempo estrictamente necesario, porque se trata de una privación de la libertad que se hace con la excusa de una supuesta enfermedad y sin el consentimiento de la persona involucrada”.
El juez Luis Niño, por su parte, elogió los resultados alcanzados en Holanda “donde el abuso con las drogas es tomado como un problema de salud pública y no de seguridad nacional; se hace una división entre las drogas blandas y las duras, lo que significa que el consumo de los derivados del cannabis es permitido en determinados lugares, mientras que se hace hincapié en el combate contra las drogas duras. Eso permitió el descenso de consumo en las edades críticas que van desde la preadolescencia a la adolescencia. Hay una creencia errónea que dice que se cambió esa política en Holanda, cuando sólo se han mejorado algunos aspectos, sin modificar la política de fondo”.

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