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Viernes, 7 de mayo de 2004

RAMOS GENERALES

Ramos generales

Zaffaroni y la Justicia sexista
Desde sus mismos orígenes, el sistema penal es “misógino”, creado como fue para reforzar una estructura de dominación que subordinara a las mujeres. Esa fue apenas una de las declaraciones que el ministro Eugenio Zaffaroni realizó durante esta semana en México, durante su participación en el Congreso Internacional para Apoyar la Armonización de las Legislaciones Locales con los Instrumentos Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres (convocado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Cámara de Diputados mexicanas, junto con las Naciones Unidas), un encuentro en el que, sin dejar de advertir la matriz patriarcal que subyace en la legislación occidental, desestimó la conveniencia de recurrir a estrategias de discriminación positiva como un recurso efectivo. “No tiene sentido”, afirmó, crear tipificaciones de delitos basadas en cuestiones de género, como el femicidio o la violencia intrafamiliar, porque ya existen figuras (como el homicidio sexual) que deben perseguirse y castigarse independientemente del sexo de las víctimas. Sin embargo, Zaffaroni sí se mostró favorable a la incorporación de la perspectiva de género en la investigación de delitos contra mujeres y en la procuración de Justicia, y a la necesidad de rever la legislación para eliminar conceptos “moralistas y discriminatorios”, cifrados en figuras como el adulterio y bienes como el “honor” y la “honestidad”. Y es que, según reconoció, el sistema judicial lleva adelante juicios “discriminatorios” al ejercer la acción penal de manera “selectiva” y guiada por “estereotipos”. Consultado, además, por el servicio de noticias de Cimac, calificó como “terrible” que se encarcele a mujeres marginadas que hayan cometido infanticidio, porque en esos casos es la atención integral la que debe privilegiarse, y no el castigo penal.
Recordamos, por si alguien lo ha olvidado, que Romina Tejerina continúa presa.

La ley que no fue
Hasta las 12 semanas de gestación, las interrupciones del embarazo hubieran podido "ser consideradas acto médico sin valor comercial", de manera tal que "todos los servicios de asistencia médica integral, tanto públicos como privados (...) [tuvieran] la obligación de llevar a cabo este procedimiento". Hubiera bastado "que la mujer alegue ante el médico circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción: situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etarias" que ella considerara válidas. Ese era el espíritu del proyecto de despenalización del aborto que -tras haber obtenido media sanción en la Cámara de Diputados y haber sido demorado en su tratamiento durante año y medio- fue desechado en Uruguay esta semana. 35.000, recordamos, es la cantidad de abortos clandestinos anuales que la UNESCO estima en ese país, contra 55.000 nacimientos.

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