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Viernes, 9 de mayo de 2008

INUTILISIMO

Cuando se quiere de veras

Entre las publicaciones de la Biblioteca Nacional (www.bibnac.ar) figuran unos minilibros realmente aptos para el bolsillo de la dama y/o el caballero, también para llevar en la cartera y leer en la cola del supermercado o del banco, también en un banco de la plaza o en el bar mientras alguien se hace esperar... Se trata de “escritos curiosos”, como los llama Horacio González (director de la mencionada institución), de Mariano Moreno, Sarmiento, José Hernández... Pero el que hoy nos ocupa y preocupa es el intencionado texto de José Ingenieros, El delito de besar (edición de 2007), donde el autor apela al lenguaje jurídico para referirse a diversas especies (¿o especias?): el beso casto, el beso de amor, la falta de consentimiento e injuria, la intención erótica y el ultraje al pudor, la premeditación y alevosía como agravantes... Y asimismo —ya que estamos en materia tan pasional en ocasiones— en este librito se habla de las lesiones que puede provocar “la yuxtaposición de los músculos orbiculares del orificio bucal en estado de contactación” (según la científica definición del doctor Henry Gibbons aplicada por Ingenieros).

“Dar un beso anhelado es poner alas a una esperanza; la gratitud de la persona que lo recibe es eterna”, comienza diciendo el escritor. Pero, hélàs, existe el riesgo de que suceda lo contrario: “Darlo violentamente, en cambio, puede ser un delito, aunque con frecuencia es perdonado en obsequio al noble deseo que expresa”. Por cierto, hay ocasiones en que no existe tal clemencia y el delito de besar motiva querellas judiciales. En consecuencia, se debe tener en cuenta cada circunstancia, porque “hasta el beso casto puede darse abusivamente con intención erótica”, y no quedar entonces exento de complicaciones penales. Empero, detalla Ingenieros, hay cien clases de besos “y la intención erótica puede hacerlo variar desde el platonismo hasta la lujuria, modificando su coeficiente de voluptuosidad”.

El “beso no consentido”, por su parte, puede calificarse de injuria de hecho, particularmente si tiene lugar en público, ofendiendo la honestidad. Y así llegamos al extremo del beso que “por su tenacidad puede afectar la integridad física”: ahí ya estamos en delito de lesiones.

El doctor Onimus, también citado, distingue entre el beso cutáneo, el cutáneo-mucoso y el propiamente voluptuoso. Otro especialista, el doctor Hermann Sommer, pasó a los hechos e inventó un elemento protector “que suprime el carácter nocivo de esta diversión sin destruir su encanto”: una pequeña pantalla de gasa que actúa como filtro, interpuesta entre los labios y los fluidos de quienes se besan. Hacia el final de El delito..., se advierte que Ingenieros en verdad ha tomado el tema un poco a la chacota. Tanto es así que concluye proponiendo que “podría autorizarse a la ofendida a devolver el beso que no ha deseado recibir, imponiendo al besador la obligación de soportarlo”. No se le ocurre al prestigioso hombre de letras que acaso la besada a la fuerza ya hizo su devolución con un buen soplamocos.

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