Viernes, 19 de enero de 2007 | Hoy
A Alejandra Ibarra y a su esposo, Carlos Díaz, primero hubo que sacarles el miedo de que no habían cometido delito alguno. Después, el cura párroco Mario Ramón Tenti, del barrio de Almirante Brown, donde reside la pareja con sus hijos, los ayudó a encontrar las herramientas que los acercaran al pequeño Francisco. Desde la Fundación Niños por un Mundo Mejor, que preside Tenti, la abogada Graciela Galván tomó el caso que “podría generar un caos institucional” si no se cumplen las disposiciones del Tribunal Superior de Justicia santiagueño.
“No se está priorizando resolver la situación jurídica –advirtió Galván– mientras se soporta a un enjambre de abogados pagos para dilatar la restitución del niño. Es vital que se le dé prevalencia a su identidad, y que deje de criminalizarse la pobreza de los padres biológicos.”
Según la abogada, se trata de prácticas que no logran abolirse “porque es aceptado culturalmente que un niño de familia pobre sea entregado a una familia de posición económica acomodada”, que se haga cargo de su crianza. “Fallan los mecanismos de la Justicia para prevenir esos casos e investigar los delitos de entregas ilegales de niños.”
El 25 de noviembre de 2005, la Fundación cursó una nota al presidente del Superior Tribunal de Justicia para solicitar que “suspendiera provisoriamente las guardas simples y/o adopciones a través de los Juzgados de Familia, ya que propiciaban el tráfico de niños” hasta tanto “se cree un sistema de protección de derechos que los resguarde”. La respuesta a ese pedido fue una reunión entre los jueces de familia provinciales, miembros del tribunal y el sacerdote Tenti, quien solicitó se respetara el Registro Unico de Adopciones, que debe ser administrado por el Juzgado de Menores bajo la legislación vigente, de acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño, la Ley 26.061 “de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”, y la Ley de Adopción 24.779. Sin embargo, en Santiago esta última deja abierta una posibilidad de entrega directa, previa autorización de la madre biológica. Un artilugio legal, porque la madre entrega a su hijo a un matrimonio sin conocerlo, ante un juez de Familia que homologa la guarda.
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