Viernes, 12 de febrero de 2010 | Hoy
Por Sandra Vázquez (*)
El ejercicio de la patria potestad de ningún modo puede implicar la vulneración de los derechos de los y las adolescentes; así lo expresan la Convención Internacional de los Derechos del Niño, nuestra Constitución nacional y nuestras leyes de niñez nacionales y provinciales. Sorprende que, aún hoy, haya quienes priorizan su deseo de decidir sobre la vida de sus hijos e hijas por sobre los derechos de ellos y ellas a tener una vida sexual saludable y libre de coerción en la que puedan elegir libremente su plan de vida (según lo expresa el decreto 1282/03 que reglamenta el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable) y, más aún, que para eso busquen en el sistema judicial un aliado.
Por eso, recibimos este fallo con alegría. Con esta sentencia la Justicia ha manifestado claramente su interés en que los y las adolescentes puedan ejercer sus derechos, algo que también es un principio básico de nuestra tarea cotidiana en el Servicio de Adolescencia del Hospital Argerich. Nosotros/as buscamos que ellos y ellas se informen, consulten, reflexionen sobre su sexualidad para que puedan tomar decisiones saludables. Valoramos el apoyo de las familias en este proceso, pero no olvidamos que los protagonistas de nuestro trabajo son los y las adolescentes.
(*) Ginecóloga de la Fundación para la Salud del Adolescente del 2000 y del Servicio de Adolescencia del Hospital Argerich
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