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Martes, 4 de marzo de 2008

SANTA FE › COSTANZO SEGUIRA CON PRISION DOMICILIARIA

Amelog y Fariña Marcos Paz

Los represores Juan Daniel Amelong y Jorge Fariña, procesados por privación de la libertad amenazas tormentos y desaparición física de catorce detenidos, fueron enviados al penal de Marcos Paz, donde esperarán el inicio del juicio oral que tendrá lugar este año. El dictamen del Tribunal Oral Federal Nº 1 decidió de este modo "preservar la integridad física de los procesados", y confirmó la prisión domiciliaria de Eduardo Costanzo y de Pascual Guerrieri.

La resolución firmada por los conjueces Eduardo Romera y Carlos Leiva, junto a Otmar Paulucci, se tomó "a solicitud formulada el 21 de diciembre de 2007 por el Secretario de Derechos Humanos del Minsiterio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Luis Eduardo Duhalde", quien había solicitado los cuatro traslados.

El funcionario solicitó "aplicar el derecho vigente, invocando además en el episodio que derivó en la muerte del ex prefecto Antonio Febres, que sufrio un envenamiento con una gran dosis de cianuro, el 10 de diciembre de 2007 cuatro días antes de la fecha fijada para conocer su sentencia, mientras se encontraba alojado en la habitacon de la Base de Prefectura Naval de Tigre".

Para los jueces tanto los lugares de detención que ocupa Fariña en Campo de Mayo como Amelong en el Batallón 603 de Fray Luis Beltrán "no son aptos para el alojamiento de personas sometidas a proceso, conforme los lineamientos de la ley 24660".

El fallo agrega que "su custodia se realiza por personal no especializado, perteneciente a las Fuerzas Armadas y si bien en el caso de Fariña su cuidado se encuentra a cargo del personal del Servicio Penitenciario Federal, en el Instituto Penal Federal Campo de Mayo, Unidad 34 ésta es realizada en un ámbito cuyas condiciones edilicias y de infraestructura no permite cumplir con las finalidades de la ley ni del Reglamento de Procesados, que requieren instalaciones adecuadas para los que fueron creados los ambitos penitenciarios".

Los dos conjueces y el juez Paulucci entendieron en el contexto explicado que ese Tribunal "debe modificar el criterio vigente respecto al lugar de detención, tal como lo sostuviera el juez federal Nº 12 de Capital Federal, teniendo en cuenta tanto la protección de los imputados frente a posibles circunstancias que puedan poner en peligro sus vidas, saldu e integidad física como para garantizar de manera adecuada el cumplimiento de las ley 24.660".

En tanto para el caso de Costanzo el Tribunal dio por probada la enfermedad que lo aqueja, verificada por el doctor Sergio Vázquez del Instituto Médico Legal dependiente del Poder Judicial de Santa Fe, por lo cual ordenó se mantenga la prisión domiciliaria con estricta custodia de la Policía Federal. Similar decisión tomó para Guerrieri, que atraviesa para la justicia un problema de salud.

Por su parte los abogados de Costanzo presentaron en los últimos días una recusación contra "Otmar Paulucci por tener relación con el senador justicialista Luis Rubeo, por encargo de quien el propio Costanzo reconoció haberle puesto una bomba al ex diputado Perreta".

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