Sábado, 17 de diciembre de 2005 | Hoy
SANTA FE › PRESCRIPCION DEL CASO DE LOS JUGUETES
Tras quince años de tramitaciones judiciales, la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe ordenó la prescripción de la causa. Ahora se aguarda un recurso extraordinario de Fiscalía.
La sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe ordenó la prescripción de la causa judicial que comprende las investigaciones y la condena relacionadas con la actuación del ex vicegobernador Antonio Vanrell. Después de 15 años de trámite judicial, la resolución de los camaristas Daniel Rucci, Federico Echauri y Carlos Villar de la capital provincial coloca a Vanrell en la condición de no tener que explicar ni rendir cuentas por su actuación en la que se estima como la compra fraudulenta de juguetes. Se espera que la Fiscalía de Cámara presente un recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia de la provincia tome la causa, un dato que no puede soslayarse ya que a principios de mes y en otras de las causas emblemáticas, la referida a las investigaciones en la conocida como IBM-Banco de Santa Fe, la Corte anuló una decisión similar de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario y ordenó continuar la investigación. Esa decisión sentó un precedente que podría aplicarse en relación con las imputaciones al ex vicegobernador santafesino.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe emitió un fallo de prescripción de la causa y, aunque no se difundieron todos sus términos, se conoce que fue tomado por unanimidad cuando transcurrieron 15 años de investigación judicial. De no prosperar medidas posteriores, quedará archivada una de las causas emblemáticas radicada en la Justicia santafesina.
El ex vicegobernador santafesino Vanrell había sido condenado en primera instancia a cinco años de prisión por el juez de Sentencia Mauricio Frois quien después resolvió que el caso estaba prescripto por la reforma al artículo 67 de la ley 25.990.
A partir de esa decisión del juez Mauricio Frois, el fiscal Ricardo Favaretto apeló aquella decisión y la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó el fallo de primera instancia.
La causa judicial para investigar la conducta del ex vicegobernador Antonio Vanrell se inició el 30 de abril de 1990 a raíz de un requerimiento fiscal fundado en la sospecha de que se habían realizado compras fraudulentas y se falsificó documentación en la secretaría administrativa de la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe. Entre marzo de 1989 y marzo de 1990 se llevaron adelante distintas compras directas que violaban flagrantemente la Ley de Contabilidad y reglamentos administrativos vigentes y que en la sentencia condenatoria dictada por el juez Frois en contra de Vanrell, inclusive se expuso que, entre otras cosas, no existían las firmas que supuestamente habían actuado de proveedores de la Cámara de Senadores.
En las direcciones de las supuestas empresas Gas Dav, Lo Viste SCA, Santillán y Santillán, Distribuidora del Libro, Juguetilandia, Carmelo Figueroa e Hijo, Distribuidora Córdoba, Embalar, Hansel y Gretel, Superior Mayorista, Casa Pasco, Juan Carlos Otañe SRL, Equipo Tres Construcciones y Constructodo, sólo había playas de estacionamientos, consultorios médicos, obras en construcción y hasta parques.
Antonio Vanrell no deberá rendir cuentas por su desempeño al frente de la Cámara de Senadores de la provincia durante la década de los `90 pero otro panorama puede presentarse si como surge de fuentes judiciales la decisión de los camaristas es apelada por la Fiscalía de Cámara que puede presentar un recurso extraordinario. Si ese recurso es admitido el trámite irá a la Corte. En ese sentido hay que recordar que la CSJ de la provincia anuló el 9 de diciembre pasado una sentencia de la Sala I de la Cámara Penal de Rosario que había declarado prescripta la causa IBM Banco de Santa Fe al aplicar la reforma al Código Penal que el Congreso de la Nación sancionó en diciembre del 2004. De esa forma sentó un precedente para revocar fallos que resultan emblemáticos, entre ellos el que se relaciona con el juzgamiento a la actuación del ex vicegobernador Antonio Vanrell. La posibilidad de prescripción de ambas investigaciones surgió a raíz de una reforma introducida en diciembre del año pasado por el Congreso de la Nación al artículo 67 del Código Penal, que determina que "la prescripción se interrumpe por la citación a juicio o acto procesal equivalente...". El Código Procesal santafesino no prevé la citación a juicio. Pero, según la Corte, el decreto del juez de Sentencia "que dispone el traslado para la defensa" tiene un valor "equivalente" a la citación a juicio. Así evitó que prescribiera el caso IBMBanco Provincia.
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