Miércoles, 18 de diciembre de 2013 | Hoy
SANTA FE › GANóN CONTRA LA CORTE
(Desde Santa Fe)
El defensor general de la provincia Gabriel Ganón (foto) denunció que la decisión de la Corte Suprema de Justicia de tomar juramento a los defensores públicos y adjuntos constituye "una injerencia indebida" y "un avasallamiento" al Servicio Público de la Defensa Penal y consideró el acto como la voluntad de la Corte de "seguir actuando a contramano" de la ley y por lo tanto, "antidemocrático, ilegal e ilegítimo". Ganón acusó al tribunal de violar dos artículos de la ley 13.014 que creó el organismos a su cargo: el 9 que le asignó "autonomía" y el 21 que delegó al defensor "facultades y atribuciones" de la Corte, entre ellas tomar el juramento a sus dependientes.
El acto se realizó el 10 de diciembre. Pero un mes antes, el 13 de noviembre, Ganón había advertido por escrito a la presidenta de la Corte, María Angélica Gastaldi, que se abstuviera de tomar el juramento a los defensores porque lo interpretaría como "un avasallamiento al principio de autonomía funcional y administrativa que establece el artículo 9 de la ley 13.014, diversas resoluciones de la Asamblea General de la OEA (2656/11; 2714/12 y 2801/13) y otras recomendaciones de organismos internacionales", entre ellas la 1/12 del Consejo del Mercosur.
Sin embargo, Gastaldi respondió la intimación con el silencio. "La actitud asumida por usted" y sus colegas del tribunal "implica un destrato institucional inconmensurable" --le reprochó Ganón- porque "ante una petición institucional concreta, expresa y previa a la realización del acto, nada se responde".
"La utilización del silencio como manifestación de la voluntad es lo que convierte el acto de toma de juramento a los defensores públicos y adjuntos como un acto voluntario de la Corte de seguir actuando a contramano" de la ley y por lo tanto, "resulta antidemocrático, ilegal e ilegítimo", denunció el defensor general de la provincia. Y explicó por qué:
*Antidemocrático. "Porque la Corte a través de su presidenta no contesta una petición expresa de otra institución creada legalmente, como constitucionalmente se obliga a todos los poderes del Estado (artículo 1 de la Constitución de Santa Fe). Y al no contestar, la Corte no transparenta su posición respecto de las facultades concretas asignadas por la ley 13.014 al defensor provincial" e impide "la discusión sobre las razones que la llevaron a actuar en contra de la ley usurpando con ello las funciones que expresamente se han delegado en el defensor provincial (artículo 21 de ley 13.014)".
*Ilegal. "Porque resulta contrario al mandato expreso, claro y preciso del legislador", no sólo cuando otorga autonomía al Servicio de la Defensa Penal (artículo 9 de ley 13.014) sino también cuando dispone que "todas las facultades y atribuciones que las normas le adjudican a la Corte Suprema de Justicia le corresponden al defensor provincial" (artículo 21). Claramente surge entonces que la facultad de tomar juramento, asignada en la 10.160 corresponde únicamente al defensor provincial en lo relativo a los funcionarios y empleados que integren la estructura" de la Defensa.
*Ilegítimo. "Porque en un Estado de derecho la ley debe ser cumplida no sólo por los ciudadanos sino especialmente por sus instituciones de gobierno y además porque de considerar la Corte que los artículos 9 y 21 de la ley 13.014 resultan contrarios a la Constitución Provincial así debe declararlo en forma expresa, evitando con ello mantener oculta su voluntad contraria a la ley". "Todo ello hubiera evitado y evitaría el desgaste institucional y jurisdiccional que la Corte Suprema está provocando", planteó Ganón, que no concurrió al acto y por lo tanto no convalidó los juramentos de sus dirigidos.
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