Domingo, 2 de octubre de 2016 | Hoy
SANTA FE › DOS CRIMINALES DE LESA HUMANIDAD FRACASAN EN SU INTENTO POR ELUDIR LA CáRCEL
Otro fallo clave. El Tribunal Oral integrado por tres jueces de Rosario rechazó el pedido de detención domiciliaria de Vera Candioti y Pavón, dos de los tres condenados por el caso Carolina, y ordenó su traslado a la cárcel federal de Ezeiza.
Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe.
En el cambio de época que generó un festival de arrestos domiciliarios de criminales de lesa humanidad, el Tribunal Oral de Santa Fe -integrado por los jueces de Rosario Ricardo Vásquez, Beatriz Caballero de Barabani y Omar Digerónimo- volvió a sentar otro precedente. Rechazó la vuelta a casa del ex juez de Menores de la dictadura Luis María Vera Candioti y del coronel Carlos Enrique Pavón, dos de los tres condenados por el operativo que borró la identidad de una hija de desaparecidos, Paula Cortassa (María Carolina Guallane) y ordenó el traslado de ambos a una unidad especial del Servicio Penitenciario Federal, en Ezeiza. Los dos están alojados en la cárcel de Las Flores desde el 28 de abril, cuando Tribunal los condenó: a Vera Candioti a 15 años de prisión y a Pavón, a 13 años, lo que significa que sólo cumplieron cinco meses de la pena. Al mes, ya la defensa del ex juez había solicitado la prisión domiciliaria por que tiene 76 años y "salud frágil", según el certificado de un médico amigo. Pavón se asoció al intento. Sin embargo, las pericias que ordenó el Tribunal desmintieron los planteos: el médico forense de la Justicia nacional y sus colegas del Ministerio Público y de la querella coincidieron en que la "detención" de Vera Candioti en cárcel común "no constituye un riesgo para su salud". Y en cuanto a la edad, el Tribunal interpretó que la ley no obliga a disponer en forma automática la detención domiciliaria a los 70 años. Lo mismo ocurrió con Pavón, quien aún no llegó a ese rango. Por lo tanto, desestimó el pedido de los defensores y dispuso el traslado de ambos condenados a la unidad 31 de Ezeiza, pero al "anexo residencial para adultos mayores".
En la resolución, el Tribunal le dio la razón a los abogados querellantes: Zulema Rivera, que patrocinó a Carolina en el juicio, y Natalia Moyano y Santiago Bereciartúa, que representaron a las Abuelas de Plaza de Mayo. Los tres pidieron a los jueces que antes de decidir convoquen a un peritaje médico con participación de forenses de la Corte Suprema de la Nación y peritos de parte.
El fiscal Martín Suárez Faisal ya se había allanado al pedido de la defensa de Vera Candioti porque considera que los imputados de 70 años están en condiciones de acceder a la prisión domiciliaria.
Sin embargo, el Tribunal consideró que ese beneficio no es automático y citó fallos de la Corte Suprema. Para "conceder la detención domiciliaria se debe demostrar, incluso cuando el condenado o procesado supere los 70 años, que el encarcelamiento podría producir alguna de las consecuencias" que la ley quiere "evitar": "el trato cruel, inhumano o degradante" del detenido y "la restricción de derechos fundamentales no afectados por la pena". "En el mismo sentido -recordó- se ha expresado la Cámara Federal de Casación Penal (Sala II)" en tres causas.
"Si bien Vera Candioti cumple con el requisito" de la edad -dijo el Tribunal-, "no surge" que su caso "pueda encuadrarse en los supuestos" del "trato cruel" o la "restricción de derechos". Y en esa línea citó las "conclusiones" de la pericia médica. El forense de la Justicia nacional Héctor Papagni dijo que el ex juez "se encuentra compensado". Su colega del Ministerio Público, Hugo Provera, coincidió en que el paciente "se encuentra en buen estado" y que su "detención" en Las Flores, donde estaba alojado, "no constituye un riesgo para su salud". El doctor Roberto Schmuck, representante de la querella, llegó a la misma "conclusión" que Provera.
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