Jueves, 27 de septiembre de 2007 | Hoy
He podido acceder a la versión taquigráfica de la entrevista que protagonizó usted por ante la Comisión de Acuerdos de la legislatura santafesina, y todavía no puedo salir de mi asombro. En realidad no ha dicho Ud. nada nuevo; sus dichos son coherentes con la ya larga tradición que inaugurara el 10 de septiembre de 1930 la Suprema Corte de Justicia de la Nación que legitimó mediante famosa Acordada al golpe de Estado protagonizado por el general Uriburu. Pero que en el siglo XXI un magistrado que aspira a ocupar un cargo de importancia mayor en el poder judicial de la provincia, manifieste que "el estado de derecho tiene que seguir funcionando" a pesar que el poder había sido asaltado por una banda de criminales sediciosos, me sorprende. ¿De qué "estado de derecho" habla Ud.? Cualquier estudiante de primer año de cualquier facultad de derecho conoce las características más elementales que hacen al mismo. ¿Hubo división de poderes en la época del proceso? ¿Ha olvidado Ud. que la "legalidad institucional" de la dictadura militar le otorgó al designado presidente las facultades legislativas del Congreso de la Nación? ¿Ha olvidado que la Junta Militar se autotituló "como "órgano supremo de la Nación"? ¿Y los derechos y libertades esenciales de los ciudadanos, estuvieron vigentes y protegidos? ¿Se olvidó Ud. que existieron a lo largo y ancho del país en la ciudad de Santa Fe también centros clandestinos de detención? ¿Y los exiliados? ¿Y los presos a disposición del P. E. N? En el juzgado a su cargo, ¿nunca llegó un familiar angustiado portando un escrito de habeas corpus? Explíqueme Dr. Bassó a qué estado de derecho se refiere. Probablemente piense Ud. que el estado de derecho es equivalente a la administración de justicia. Es cierto, hasta las peores dictaduras han precisado de funcionarios (en el caso abogados) que administren justicia. Pero para ello debieron dejar estos funcionariosabogados al costado del camino enseñanzas fundamentales que hacen, precisamente, al estado de derecho. Por eso ha dicho Ud. (¿cándidamente? ante la Comisión de Acuerdos que "todos juramos por lo que se nos pone adelante" y eso que le pusieron adelante Dr. Bassó, fueron las actas y estatutos que hacían a la "legalidad" del autotitulado "Proceso de Reorganización Nacional". ¿Podría Ud. ahora con dignidad prestar juramento sobre el texto de la Constitución provincial? ¿O será la Constitución de la provincia también "algo que se le pone adelante". Respetuosamente Dr. Bassó, estimo que no.
Dr. Celso Lorenzo
Profesor de la Facultad de Derecho de la UNR
¿Por qué Defensoría del pueblo, el Parlamento y los tribunales y toda la estructura del Estado nacional y provinciales no protege de oficio a nuestras niñas y niños menores de 12 años de edad, de la publicidad invasiva que permanentemente induce al consumo de gaseosas y comida chatarra?
Rubén Vedovaldi
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.