Lunes, 15 de agosto de 2011 | Hoy
Por Oscar Pellegrini*
He sentido la necesidad de sumarme al debate público que se viene sosteniendo en medios locales y nacionales a partir de la "Carta Abierta" que más de sesenta sobrevivientes del Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario enviaran a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, relativa a la Causa Díaz Bessone (con Juicio Oral en curso en el TOF2 de nuestra ciudad), cuestionando la modificación de la posición de dicha Secretaría al desistir de la imputación que oportunamente y en forma bien fundada formulara en la requisitoria de elevación a juicio, a los procesados Ricardo Chomicki y Nidia Folch, dos de los cinco colaboradores que habiendo compartido un pasado de militancia, terminaron formando parte de la patota represiva. Entiéndase: secuestrando, torturando, violando e incluso matando a antiguos compañeros.
Estas imputaciones, sostenidas por distintos actores del juicio, se basan en las declaraciones de los sobrevivientes, quienes, con sus testimonios de lo vivido allí, se convierten de este modo en la prueba viva de lo sucedido, permitiéndonos saber al conjunto social una aproximación a la verdad histórica de lo acontecido en ese Centro Clandestino de Detención, Tortura y Desaparición de personas, sito en pleno centro de nuestra ciudad.
Es de destacar que tan valiosos testimonios se dan bajo la presión no sólo de lo que significa el relato de los hechos en sí, como causa eficiente de la actualización de angustias asociadas a las experiencias traumáticas que se relatan y que nos aproximan a lo inimaginable del horror vivido; sino que además se suma que esos relatos se producen en el ámbito judicial en esta instancia oral ante la presencia de los propios torturadores. Pero lo que es aún más grave si pensamos que lo que se actualiza es del orden del terror, es que estos seis verdugos imputados en esta causa están en libertad por decisión tanto de la Cámara de Casación como de este mismo Tribunal Oral, a pesar de los antecedentes dictados por la Corte Suprema de Justicia.
Es difícil imaginar una autoridad mayor para tener un concepto sobre este Centro de Detenciones Clandestinas que la reconstrucción que hemos podido escuchar a lo largo de las audiencias en la voz de unos ciento cincuenta sobrevivientestestigos que han vivido la experiencia en carne propia en el Servicio de Informaciones de la Policía Provincial de Rosario y que llevan más de treinta años de reflexiones sobre lo acontecido en ese sitio de horror, por donde han pasado más de dos mil personas, de las cuales más de cuatrocientas se encuentran aún desaparecidas.
En el caso particular de Chomicki, el único de esos cinco civiles colaboradores que está esperando sentencia en el juicio oral, han cobrado difusión en medios locales las incongruencias que presenta en sus propias declaraciones, lo que, sumado a la masa de testimonios de las víctimas, arrojan dudas no sólo acerca de la fecha de su pretendida detención sino acerca de la existencia misma de tal detención y de su pretendida condición de víctima.
Desestimar esas imputaciones, no ser consecuente con la búsqueda de los aún prófugos de esta causa, genera un cono de sombra sobre lo que debe ser dicho para iluminar al conjunto social lo acontecido en ese sitio de exterminio y que hoy por fin se juzga, dando lugar a nichos donde cierta "obediencia debida" parece querer hacerse un lugar dentro de la particularidad de este Centro Clandestino de Detención, generando una suerte de inimputabilidad para ciertos crímenes según su agente. Una suerte de "no ha lugar", que Althusser, en su particular tragedia, reclamando llevar su voz como imputado, nombrara de "lápida sepulcral del silencio".
Lejos de significar un "aplastamiento del problema de la lógica concentracionaria" -como argumentaron desde esos ámbitos para oponerse a las propias víctimas que padecieron el horror- dar lugar a estas voces en este juicio oral es introducir en el debate crucial de su sustanciación histórica, la intimidad de sus contradicciones, acercarnos a la verdadera trama de su horror y que la Justicia pueda cumplir más eficazmente su rol en esta construcción colectiva de memoria.
Erigirse en quien sabe lo que "esta sociedad debe y quiere enjuiciar" y sostener la "lógica concentracionaria" como una verdad universal ya dada como argumentos para no acusar a los civiles colaboradores, plantea dos conceptos que nos alejan de la construcción de los procesos de verdad en el marco de las luchas históricosociales con sus contradicciones.
En el marco de este debate, sería una buena muestra de salud mental que como sociedad podamos hacernos cargo de estas contradicciones que han tomado estado público en el transcurrir de este juicio oral y reconstruir nuestra verdad histórica con el aporte de la Justicia.
*Coordinador del Equipo de Acompañamiento Del Programa de Protección de Testigos en la Provincia de Santa Fe.
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