Viernes, 14 de febrero de 2014 | Hoy
CIUDAD › LOS TRABAJADORES DE LA METALúRGICA ALLOCCO INSISTIRáN CON LA COOPERATIVA
Los empleados, que se vienen movilizando por pago de salarios y continuidad de sus fuentes laborales, ya tienen armada la alternativa para producir. El juez Bergia no lo contempla en su fallo, que arguyó la falta de inversor.
La Justicia decretó la quiebra de la empresa metalúrgica Allocco S.A., de Villa Gobernador Gálvez, luego de un cese de actividades que se extendía desde hacía más de un año, en conflicto salarial con los trabajadores. La resolución firmada anteayer por el juez Civil y Comercial N 2, Marcelo Bergia, se debe a que no apareció ningún inversor para continuar con las actividades de la planta fabricante de elementos para la industria aceitera. Sin embargo, los empleados insistirán con la posibilidad de crear una cooperativa, que no queda planteada en el fallo judicial. Incluso, los trabajadores advirtieron que "la cooperativa ya está armada", sólo resta ver "qué pasa con el predio".
Allocco había dejado de funcionar durante las primeras semanas de enero del año pasado, después de dos procesos de compraventa, una presentación en concurso de acreedores, el inicio de un plan de retiros voluntarios y la renegociación del pago de medio aguinaldo a sus trabajadores con el fin de ajustar sus arcas. Desde entonces, 140 trabajadores de la industria atravesaron un largo período de incertidumbre laboral, que incluyó el temor por perder su fuente de ingreso salarial, ante la falta de pago de haberes adeudados y aguinaldos.
Durante el año se realizaron varias reuniones con el Ministerio de Trabajo de la provincia, que permitieron que los empleados lograran cobrar una parte de sus acreencias. Pero la falta de cumplimiento los llevó a protagonizar varias manifestaciones en el Ministerio y en los Tribunales, en Anses y encadenados al ingreso a la planta. Todo comenzó a partir del conflicto con los dueños de la empresa, que incumplieron los acuerdos de cobro a los que se había llegado por la intermediación de la cartera de Trabajo.
El fallo de Bergia tiene que ver con que durante el tiempo que la causa estuvo en al Justicia, en concurso de acreedores, no apareció ningún inversor interesado en continuar con las actividades de la empresa fundada hace más de 50 años. Al mismo tiempo, la novedad judicial de ayer hizo decaer las esperanzas de los trabajadores de la metalúrgica de Villa Gobernador Gálvez, que buscan crear una cooperativa para mantener sus fuentes laborales.
Diego, representante de los empleados de la planta, dijo ayer a Radio 2 que "la cooperativa ya está armada" aunque resta saber "qué va a pasar con el predio" donde funcionaba la fábrica. El empleado explicó que la planta continúa operable pero que la propiedad pertenece a los dueños anteriores de la firma, que la vendieron a Marcelo Markous, acusado por los trabajadores de haber vaciado la empresa.
Antes de pasar a las manos de Markous, la metalúrgica villagalvense pertenecía la multinacional Demest Ballestra, con sede en Bélgica. Por 50 años fue una de las principales proveedoras de insumos metalúrgicos para la industria aceitera y la única de Latinoamérica; aunque en el último tiempo sus balances comenzaron a evidenciar déficits y ahora, tras la decisión Bergia, quedó en la quiebra.
Allocco S.A. funcionaba como principal proveedora a nivel nacional de máquinas y servicios para la industria aceitera, y como tercera abastecedora a nivel global. La empresa es, justamente, una de las pocas en el mundo que se dedica a la fabricación de plantas para la industria aceitera, la actividad económica más importante del país. Nació como una empresa familiar y fue una firma modelo que llegó a exportar plantas llave en mano a distintas partes del mundo. Hace más de un año fue adquirida por la principal firma mundial del sector, pero al poco tiempo la vendió a un empresario nacional. Desde entonces, la empresa empezó a incumplir pagos, se presentó en concurso y, luego, pidió el procedimiento de crisis.
En el fallo, el juez expresó que "el deudor es sujeto concursable por ser persona de existencia ideal de carácter privado"; y consideró "acreditados los supuestos de declaración de quiebra directa necesaria del deudor".
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