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Martes, 27 de mayo de 2014

CIUDAD › LA CORTE REVOCó LA ABSOLUCIóN DE POLICíAS POR EL CRIMEN DE POCHO

Volverán a ser juzgados

Una nueva sala deberá revisar la absolución de los policías Arrúa, Pérez, De la Torre y De Souza. La medida alcanzaba al ex jefe del Comando Radioeléctrico, Daniel Braza, quien falleció. Por el asesinato de Lepratti fue condenado
el agente Velázquez.

 Por Lorena Panzerini

La Corte Suprema santafesina revocó un fallo de la Cámara Penal que había absuelto a cuatro policías sentenciados en primera instancia por encubrimiento del homicidio de Claudio "Pocho" Lepratti, en 2001. En el fallo de la corte, se ordena que una nueva sala revise la condena que en primera instancia afectó a Marcelo Arrúa, Rubén Pérez, el entonces subcomisario Roberto de la Torre, el oficial Carlos de Souza, y el ex jefe del Comando Radioeléctrico, Daniel Braza, ya fallecido. La resolución fue notificada al fiscal de Cámaras, Guillermo Camporini -que apeló la absolución, en 2011-, pero prefirió no pronunciarse hasta conocer los fundamentos del decisorio del máximo tribunal provincial. Al presentar el recurso de inconstitucionalidad, Camporini apuntó a que no quedara "impune un obrar claramente ilegal por parte del personal policial que tuvo participación activa en los luctuosos sucesos ocurridos en diciembre de 2001".

En la condena que dictó el juzgado de Sentencia 5, en 2009, cinco policías de la Unidad Regional II -que se desempeñaban en diferentes áreas, incluso el Comando Radioeléctrico- fueron acusados por los delitos de encubrimiento agravado y falsedad ideológica a la pena de dos años y ocho meses, y el doble de ese tiempo de inhabilitación de servicio en la función pública. Sin embargo, los abogados apelaron y la sala II de la Alzada los absolvió por el beneficio de la duda.

Camporini insistió al considerar que el fallo de la Cámara era de "gravedad institucional", y presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema provincial.

A principios de este mes, con los votos de los doctores Daniel Erbetta, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler, se resolvió que debe dictarse -en segunda instancia- una nueva resolución "conforme las pautas fijadas". Según se indicó a este diario "habría elementos" como para sostener la sentencia.

Lepratti, un profesor de filosofía entrerriano, tenía 34 años y era ayudante en el comedor escolar de barrio Las Flores, y también de otros establecimientos de barrio Ludueña. El 19 de diciembre de 2001 fue asesinado con un disparo de escopeta, mientras se encontraba en el techo del establecimiento de zona sur donde había asistido por sus tareas de ayuda social. El suceso ocurrió en medio de la represión policial de aquel año, que dejó nueve víctimas fatales en la provincia.

En 2004, el agente Esteban Velázquez fue condenado a 14 años, por el crimen, y el fallo fue confirmado en 2005. Aquel día, iba en el patrullero junto a otros uniformados por una calle que da a la parte trasera de la escuela donde estaba Lepratti. El patrullero se detuvo, el policía se bajó y abrió fuego. Uno de los perdigones le dio al militante social cuando salió a pedir que no tiraran hacia la escuela.

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Erbetta y Gastaldi, dos de los integrantes de la Corte que revocaron el fallo de la Cámara.
Imagen: Alberto Gentilcore
 
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