Con una Corte Suprema reconocida internacionalmente por sus fallos sobre derechos humanos, la Argentina podría sumarse pronto a los países que consagran el matrimonio universal, independientemente de la orientación sexual o identidad de género.
› Por Patricio Lennard
Todo indica que es cuestión de tiempo. Que tarde o temprano la Corte Suprema declarará inconstitucionales las normas que en la Argentina impiden el casamiento entre parejas del mismo sexo. De hecho, uno de sus miembros, Eugenio Zaffaroni, ya ha pronunciado públicamente, al menos, su deseo de fallar sobre este tema. Y los plazos con los que el tribunal cuenta para expedirse sobre un recurso de amparo presentado en febrero de 2007 por María Rachid y Claudia Castro —quienes no lograron entonces que en un Registro Civil las casaran— se acortan indefectiblemente. Sólo resta que la Corte falle o que prospere, en el mejor de los casos, alguno de los proyectos de ley que se han presentado en el Parlamento. Estrategias que reclaman la inconstitucionalidad de los dos artículos que en el Código Civil contemplan al hombre y a la mujer en el acto formal del matrimonio, y que se amparan, a su vez, en cómo la Constitución y tratados internacionales firmados por la Argentina garantizan el derecho de las personas a contraer matrimonio y fundar una familia.
María Rachid, presidenta de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (Falgbt), confía en que será la Justicia la que primero se expida en el asunto. “La Justicia tiene tiempos concretos para sacar sus resoluciones. Y es por eso que en el transcurso de este año casi se verá obligada a dar una respuesta a nuestro caso”, afirma. “Hay poco margen para que el fallo sea negativo porque la verdad es que no tienen de dónde agarrarse para negar jurídicamente un pedido como el nuestro. Pero de todas formas seguimos trabajando muy fuerte en la Cámara de Diputados, en donde estamos por conformar un frente parlamentario con representantes de casi todos los bloques que se comprometen a trabajar por el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, entre otras leyes. Aunque creemos que va a haber primero una respuesta por la vía judicial y luego por la legislativa.”
Para el abogado Omar Beretta, quien junto a su socio, Federico Godoy, se ha ocupado de investigar en profundidad el estado del Derecho internacional en la materia, lo ideal sería que se repita en la Argentina lo que en 2005 sucedió en España, en donde la vía jurídica perdió sentido porque el matrimonio fue aprobado antes en el Congreso. “Desde el punto de vista de la calidad institucional, lo deseable sería que la Corte no tenga que salir a declarar la inconstitucionalidad de las normas sino que el Congreso se dé cuenta de que hay vacíos legales y trate algunos de los proyectos de ley que están en el Parlamento. Eso denotaría un mejor funcionamiento de los poderes en la Argentina”, opina Beretta, quien traza un paralelismo con la ley de divorcio que se aprobó bajo la presidencia de Alfonsín en 1987. “En aquel entonces había millones de personas que vivían en concubinato y que no tenían la tutela jurídica de su unión afectiva porque no existía una ley de divorcio. Si consideramos que alrededor del 10 por ciento de la población es homosexual, en la Argentina habría 4 millones de personas que no tienen tutelado su derecho a darle un marco jurídico a su unión afectiva. Y esto es muy similar a la aberración que se vivía cuando a las personas se les negaba el derecho de volver a casarse.”
Mientras tanto, la ley de unión civil (vigente en Buenos Aires y Villa Carlos Paz, y aprobada pero aún no reglamentada en la provincia de Río Negro) constituye un paliativo. “Las leyes de unión civil son instrumentos jurídicos que, al ser locales, no pueden legislar en materia de derechos familiares como la pensión, la posibilidad de compartir una obra social, la herencia, la adopción o la patria potestad compartida. Todos éstos son asuntos delegados al Estado nacional, pues ni las provincias ni los municipios pueden legislar en la mayoría de estos temas”, explica Rachid. En este sentido, el abogado Federico Godoy acota que los derechos humanos no son parcializables y que el tema del género es un tema virtualmente superado en la discusión jurídica, algo que él ve también entre los miembros de la Corte. “No tenemos que hablar de matrimonio homosexual. Tenemos que hablar de matrimonio a secas. Las personas tienen que poder acceder al derecho de casarse independientemente de cuál sea su orientación sexual o identidad de género. Yo no conozco un argumento jurídico serio que establezca la orientación sexual como un impedimento en el derecho al matrimonio. Ni siquiera lo relacionado con la procreación, que es de lo que suelen agarrarse algunos, por la sencilla razón de que tener hijos no es un requisito para que dos personas puedan casarse. Lo bueno es que en la Corte Suprema no hay jueces en un lugar de duda con respecto a estos temas. No por nada es tan reconocida internacionalmente por sus fallos sobre derechos humanos.”
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