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La Cámara Federal porteña anuló la decisión del juez Claudio Bonadío de aceptar al Estado como querellante en la causa por la tragedia que causó 51 muertos y más de 700 heridos, ya que aún no se determinaron las responsabilidades. El mismo tribunal rechazó, en cambio, un pedido de recusación contra el magistrado de primera instancia, presentado por el abogado Gregorio Dalbón, como representante legal de varios damnificados.
En los argumentos para rechazar como querellante al subsecretario legal del Ministerio de Planificación Federal, Rafael Enrique Llorens, la Cámara consideró que Bonadío "se limitó a señalar que la legitimación del Estado Nacional deriva de su condición de titular de los bienes materiales afectados a la concesión y de su rol de garante de la prestación del servicio de transporte público de pasajeros".
Por el contrario, los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, consideraron que "en rigor de verdad y sentido común mediante, esas mismas cualidades son las que prima facie se alzan como obstáculos para otorgarle la facultad (al Estado) de actuar como querellante en el proceso".
Además, los magistrados resaltaron que el "sumario se encuentra aún en un estado incipiente en lo que hace al proceso cognoscitivo de sus múltiples aristas, con lo cual se torna una exigencia el actuar prudente y la extrema observación de los recaudos procesales a fin de garantizar a la totalidad de las partes una incorporación reflexiva y objetiva de la carga probatoria".
Por lo tanto, el fallo señala que "no caben dudas en cuanto a que dicha tarea resultaría cuanto menos dificultosa si se admite como acusador particular a quien puede ser, por acción u omisión e independientemente de la condición física o jurídica de su personalidad, eventualmente querellado por esos mismos sucesos".
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