13:23 › UNA INICIATIVA QUE SALTó
Tras recibir ayer la media sanción del Senado, el proyecto de ley que regula la herramienta que permitirá acudir a la Corte Suprema salteando instancias judiciales en casos de “notoria gravedad institucional” recibió este mediodía la aprobación de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia durante una reunión de la que el radicalismo se retiró, no bien comenzada la discusión. Se estima que el tratamiento sobre tablas será el miércoles 14 de este mes.
El debate tuvo lugar en la Sala 1 del Anexo de la Cámara baja, debido a que el Senado aprobó y giró en revisión a Diputados el proyecto que regula este instrumento, aplicable para causas federales en las que se acrediten "cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución expedita sea necesaria".
A poco de empezar el encuentro, la presidenta de Asuntos Constitucionales, Diana Conti, anunció que se estaba firmando el dictamen, lo cual irritó a los diputados de la UCR que se retiraron con el argumento de que "no se nos respeta". El encuentro luego continuó con la presencia del oficialismo, que argumentó a favor del proyecto, y de los diputados opositores del PRO, del Peronismo Federal y de Patricia Bullrich, de Unión por Todos
.Entre sus fundamentos, diputado kirchnerista Juan País destacó que el per saltum constituye un "un remedio idóneo" y "un instrumento sabio para mejorar la calidad institucional de la República" y sostuvo que "al regular este recurso, el proyecto no impone nada a nadie y menos a la Corte Suprema de Justicia", sino que "mejora la calidad institucional, la justicia y va en dirección de la seguridad jurídica".
Por su parte, el diputado del PRO Pablo Tonelli consideró que "no es necesario" reglamentar ese recurso y advirtió sobre el aumento de causas que podría provocar en la Corte, al considerar que implicaría "ampliar exageradamente" la competencia del Alto Tribunal. En tanto, Héctor Recalde apuntó que sospechar que el proyecto supone una presión a la justicia "sería hablar muy mal de la Corte pensar que puede estar sujeta a la presión de una ley".
La iniciativa aprobada anoche tras un largo debate incorpora los artículos 257 bis y ter del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El primero establece que procederá el per saltum en causas de competencia federal “que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional” cuya solución “definitiva y expedita” sea necesaria y que el recurso constituye el “único remedio eficaz” para “evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior”.
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