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La magistrada federal Carolina Pandolfi ordenó a la AFIP que "valide" la adquisición de 125 mil dólares requeridos por un demandante para pagar la compra de un campo, mediante un fallo en el que sostiene que las restricciones en el mercado cambiario implican "un avance estatal". El organismo fiscal apeló al considerar que el dictamen "incurrió en una notoria contradicción" porque de acuerdo al Banco Central sólo debe validar compras de divisas con destino "viajes y turismo".
Tras la apelación, el fallo quedará en suspenso a la espera de la intervención de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, que ya había rechazado el año pasado la medida cautelar concedida por la Jueza al mismo contribuyente y por el mismo motivo.
En su resolución, Pandolfi dio por acreditado que "el contribuyente tiene capacidad económica", lo cual "debe ser suficiente para que la AFIP valide la operación". Declaró la inconstitucionalidad del punto II de la Comunicación A5318 del Banco Central, al afirmar que en ella se veda a las entidades financieras "otorgar acceso a los clientes al mercado local de cambio para la adquisición de divisas sin fines específicos", y remarcó que entre esos fines listados no se encuentra la "cancelación de obligacion escontraídas en moneda extranjera". El caso fue iniciado por un particular que adquirió en 2011 un campo en Mar Chiquita, del que quedó debiendo 125 mil dólares a pagar en el lapso de un año.
Entre sus fundamentos, la magistrada cita reiteramente un artículo periodístico de Andrés Gil Domínguez, un abogado constitucionalista con gran presencia mediática, quien además fue uno de los primeros en presentar un amparo contra la reforma del Poder Judicial. "La selección del destino que se dará a la divisa extranjera como método para discernir si se autorizará o no la compra (...) configura una injustificable intromisión estatal en el ámbito de la privacidad o plan de vida de las personas", afirma el fallo siguiendo a Gil Domínguez. Según la jueza Pandolfi, ese razonamiento "tiene entidad en tanto implica un avance estatal, un nuevo sacrificio personal que se requiere en pos de un bienestar común que no está debidamente explicitado".
El fallo reconoce que la AFIP y el Estado pueden disponer medidas para prevenir delitos tributarios y de lavado de dinero, pero agrega que "en la medida en que tales mecanismos representan un avance sobre la libertad de los particulares, deben adoptar los recaudos necesarios para hacerlo de una manera que el cumplimiento de aquél régimen informativo no obstaculice al ciudadano el ejercicio de sus derechos".
Según el organismo fiscal, desde la aplicación de la restricción a la compra de divisas, se han iniciado 129 acciones judiciales relativas a la operaciones cambiarias, sin que exista ningún pronunciamiento firme avalando las pretensiones de los contribuyentes al margen de las normas que regulan la materia.
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