Martes, 11 de diciembre de 2012 | Hoy
ECONOMíA › HOY SE ABRE LA SUSCRIPCIóN PARA EL BONO DE YPF CON MONTO MíNIMO DE COLOCACIóN DE MIL PESOS
Las obligaciones negociables de YPF ofrecen una opción de renta mayor a un plazo fijo, en un instrumento no habitual para el pequeño ahorrista. Lo que hay que saber para acceder, con aporte del Centro de Inversiones del Banco Hipotecario.
Por Raúl Dellatorre
Desde hoy, el público en general podrá optar por volcar parte de sus ahorros, con un monto mínimo de mil pesos, en un título de deuda de YPF que abonará un interés del 19 por ciento por la colocación a un año. A continuación, la respuesta a algunas dudas que plantean los ahorristas, elaboradas por Página/12 tras consultar a Ariel Bertino, economista jefe del Centro de Inversiones del Banco Hipotecario, entidad organizadora y uno de los bancos colocadores de los bonos de YPF.
Una de las formas posibles es ir a la sucursal de uno de los bancos colocadores (además del Hipotecario, cumplen ese rol Credicoop, Galicia, Provincia de Buenos Aires, Macro, Santander Río, BBVA Francés y Nación Bursátil) y llenar el formulario de suscripción del bono de YPF, denominado ON Clase XII. Además, para este caso en particular, la Comisión Nacional de Valores habilitó la posibilidad de suscribir la colocación por Internet (página de home banking del banco) o por teléfono, pero sólo para quienes sean clientes de alguno de los bancos colocadores.
No necesariamente. Es requisito tener el dinero depositado en una cuenta del banco colocador para hacer la operación, pero si no la tiene se le abrirá una caja de ahorro común en el acto por un trámite muy sencillo. Luego se abrirá una cuenta denominada “comitente” en la cual quedará registrada la inversión en los bonos de YPF cuando se concrete (18 de diciembre).
El monto de la suscripción va de un mínimo de mil pesos hasta un máximo de 250 mil pesos. Si el ahorrista ya tiene el dinero depositado en una cuenta, no tendrá que justificar nada para hacer la inversión. Si el dinero no está depositado previamente, al hacerlo le caben las mismas obligaciones que corren para abrir una cuenta: justificar el origen de los fondos si la magnitud es relevante. Es decir, el requisito es previo al de la suscripción de los bonos.
La emisión es por 50 millones de pesos, pero YPF está autorizada a extenderla a 150 millones. Si el monto de suscripciones supera esa cifra, se prorratearán los bonos entre todos los que ofrecieron sus ahorros. Pero nadie de los que haya pedido bonos “se queda afuera”. Por ejemplo: si hay suscripciones por 300 millones de pesos, cada ahorrista recibirá la mitad de los bonos solicitados.
Los intereses, del 19 por ciento anual, se cobran en cuotas mensuales, y se acreditan directamente en la “cuenta comitente” del ahorrista. Es decir, quien compró bonos por 1000 pesos, el interés anual de 190 pesos lo cobrará en 12 cuotas mensuales de 15,83 pesos. Al completarse el año, el 18 de diciembre de 2013, recupera el capital, 1000 pesos, junto a la última cuota de intereses, de 15,83 pesos, igualmente acreditado en su cuenta.
Sí. Las obligaciones negociables tienen cotización en Bolsa y pueden ser ofrecidas en cualquier momento y ser transferidas si se consigue un comprador. El mismo banco colocador o depositario de la cuenta comitente podrá asistir al ahorrista ofreciendo los bonos en el mercado para buscar comprador, al precio de cotización de la fecha. El titular autoriza la venta de los bonos, y cuando se realiza la operación, en su cuenta comitente deja de tener los bonos y se le acredita el dinero obtenido en la venta, que queda a su disposición desde ese momento.
En el caso de los plazos fijos, la garantía es del banco en el que se depositó, y cuenta además con la garantía del Banco Central hasta un monto limitado de la inversión. En el caso de las obligaciones negociables, el único garante es la empresa tomadora del crédito: YPF. En este caso, con respaldo del Estado, como accionista mayoritario. La operación es mínimamente más riesgosa que un plazo fijo.
No, porque es un bono de renta fija del 19 por ciento anual en pesos, sin importar las utilidades o pérdidas de la empresa.
Las utilidades están exentas del impuesto a las ganancias, como toda renta financiera. En cambio, la colocación está alcanzada por el impuesto a los bienes personales.
No, ninguna. Todas las suscripciones se toman y todas se presentan a YPF el martes 18, recibiendo el mismo tratamiento al momento de adjudicación.
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