EL PAíS › SUSPENDEN EN SAN JUAN LA APLICACIóN DE LA LEY DE GLACIARES

Esta vez el amparo fue para las mineras

El fallo firmado por el juez Miguel Angel Gálvez congeló los efectos de seis artículos de la norma. Fue a pedido de empresas mineras y gremios locales. La Corte Suprema deberá resolver si la ley es constitucional.

La Justicia de San Juan suspendió ayer la aplicación de la ley de Glaciares en respuesta a un reclamo presentado por empresas mineras y gremios locales. La medida, firmada por el juez federal Miguel Angel Gálvez, congeló los efectos de seis artículos de la norma y ahora la Corte Suprema deberá resolver si la ley promulgada el jueves por la presidenta Cristina Kirchner es constitucional. El titular de la Cámara Minera local, Jaime Bergé, celebró el fallo y expresó que “la Nación no tiene por qué legislar sobre algo que no le corresponde”, mientras que los senadores que votaron la iniciativa criticaron su interrupción. “No se entiende la decisión del juez”, expresó el kirchnerista Daniel Filmus.

La suspensión tuvo lugar un día después de que la Cámara Minera, la CGT y sindicatos de la rama presentaran un amparo aduciendo que la norma aprobada en el Congreso “avasalla las autonomías provinciales al querer fijar en qué zonas se puede trabajar y en cuáles no”, tal como indicó el abogado de los gremios, Carlos Cámpora. El letrado admitió que la presentación contó con el respaldo del gobernador de San Juan, José Luis Gioja. “El nos pidió esto, que no lo dejáramos solo”, aseguró. La resolución del juez Gálvez detuvo la vigencia de varios artículos clave, incluyendo aquellos que prohibían la actividad industrial y minera en la zona de alta montaña.

“Este es un lobby más que evidente de las empresas”, expresó a Página/12 el senador de Tierra del Fuego José Martínez. “Estamos plenamente convencidos de que la ley era necesaria y que el Congreso tiene facultades para imponer una serie de pautas mínimas”, agregó el legislador del ARI, que apoyó la iniciativa promulgada el jueves pasado. Su compañera de banca, María Rosa Díaz, dijo que “el punto más importante que objeta el fallo es el artículo 2, que define la zona protegida en glaciar y periglaciar, justamente lo que más peleamos en el recinto”.

De acuerdo con la senadora, quienes se oponen a la ley parten de una mala lectura de la reforma constitucional de 1994, que les otorgó a las provincias cierta potestad sobre los recursos naturales. “Cuando los gobernadores vienen a hablar a veces me dan miedo. Me los imagino en la Media Luna boliviana (la región donde años atrás varios prefectos intentaron separarse del resto del país). Lo suyo es un federalismo mal entendido”, se lamentó. En el mismo sentido, el senador oficialista Daniel Filmus –quien consensuó junto al opositor Miguel Bonasso el proyecto de ley que finalmente se terminó aprobando– destacó la validez de la legislación nacional sobre la materia y también repudió la suspensión. “Reservas de agua en peligro. ¡Hay que proteger los glaciares!”, insistió en su cuenta de Twitter.

Por último, la organización Greenpeace rechazó el fallo y aseguró que “se trata de una arbitrariedad ya que la ley nacional tiene preponderancia sobre la ley provincial”, de acuerdo con el principio constitucional de las leyes de presupuestos mínimos. El director de campañas de la organización, Juan Carlos Vilallonga, acusó a las empresas mineras de haberse “autoincriminado, porque si fuese cierto que no hay impactos de sus actividades en áreas de glaciares no estarían pidiendo la suspensión de la ley”.

El juez que concedió la cautelar, Miguel Angel Gálvez, fue uno de los magistrados que firmó el cuestionado fallo que apartó al juez Walter Bento de la causa contra los camaristas mendocinos Otilio Romano y Luis Miret, imputados de complicidad y participación en crímenes de la dictadura. Dentro de unos días vence su mandato dentro del Consejo de la Magistratura, donde se desempeñó como representante de los jueces. Fue él el encargado de comunicar la resolución al procurador general de la Nación y al gobierno provincial para pedirles que no aplicaran la norma en territorio sanjuanino mientras estuviera suspendida. Ahora el caso quedará en manos de la Corte, que deberá expedirse sobre la cuestión de fondo.

Informe: Federico Poore.

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La resolución ataca, entre otros, los artículos que prohibían la actividad industrial y minera en la zona de alta montaña.
Imagen: Télam
 
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