SOCIEDAD › CóMO ES LA POLICíA JUDICIAL QUE IMPULSA LA CPM

Un cambio en la investigación

El gobierno provincial anunció que impulsará el proyecto de creación de una Policía Judicial. Sería independiente del Ejecutivo y tomaría a cargo las investigaciones judiciales que ahora hace la Bonaerense. Los puntos centrales del proyecto.

 Por Horacio Cecchi

Uno de los temas que Daniel Scioli anunció que planteará ante la Legislatura, el lunes próximo, en el discurso de asunción de su segundo período de gobierno es la creación de la Policía Judicial. El proyecto fue desarrollado y muy ampliamente consensuado por la Comisión Provincial por la Memoria. Scioli anticipó a la CPM que impulsará el proyecto en la Legislatura provincial. Existió una reunión ya informada por este diario entre el gobierno y la Comisión, en la que los representantes de la Comisión plantearon 14 puntos que habían consensuado como básicos y prioritarios para que la Policía Judicial fuera lo que se proyecta de ella, una institución independiente del Ejecutivo, y no una extensión de la Bonaerense en los expedientes judiciales. A dos días del discurso de Scioli ante los legisladores, hay más dudas que expectativas sobre lo que hará el gobierno bonaerense con los 76 artículos del proyecto de la CPM.

De esos 76 artículos, el de la desmilitarización y el de la dependencia directa de la órbita judicial, con total independencia de otra fuerza del Ejecutivo (léase la Bonaerense de Casal), son los que establecen la diferencia con la rama uniformada encargada de las investigaciones (las Direcciones Departamentales de Investigación –DDI–), y con la Policía en Función Judicial.

Pero también la conformación de sus integrantes instala marcas de independencia: con la experiencia de la Policía II, ya mimetizada con los códigos y costumbres de la Bonaerense, y la Metropolitana de Macri, que no hizo más que convocar a ex integrantes de la Bonaerense y la Federal exonerados, el proyecto de la CPM lisa y llanamente veda el acceso como integrante de la PJ a cualquier miembro o ex miembro de fuerzas de seguridad, o que haya pasado por alguna agencia de seguridad privada.

La PJ podrá solicitar a los fiscales que se convoque a la Bonaerense u otras fuerzas de seguridad de nivel nacional para asistirla en los casos que requiera intervención de uniformados, pero, aclara el inciso c del artículo 8, “esta asistencia no podrá significar la delegación de la tarea investigativa, ni la eximición del deber de reserva establecido por el artículo de esta ley” (se refiere al inciso f del artículo 5).

La creación de la Policía Judicial es una deuda que el Estado provincial tiene con su sociedad y que desde el ’94 figura en el artículo 166 de la Constitución bonaerense, en el Capítulo de Administración de Justicia; y no como un organismo de prevención ni de seguridad. La Reforma Procesal de 1997/98 trasladó la dirección de las investigaciones penales a las fiscalías, quitándola de la jurisdicción de los jueces de instrucción que, a partir de entonces, pasaron a ser jueces de garantías, con el sentido de garantizar el debido proceso. Esto no ocurrió como lo pretendió Alberto Binder, diseñador de aquella reforma que encabezó León Arslanian como ministro provincial, simplemente porque los fiscales delegaron a su vez el poder de investigación en la Bonaerense.

La Reforma Procesal incluía la creación de la Policía Judicial. Pero sólo se modificó el nombre, porque la que asumió las investigaciones encomendadas por los fiscales fue la rama de la Bonaerense que, por ese motivo se denominó Policía en Función Judicial, encabezada por las Direcciones Departamentales de Investigación, más conocidas como DDI. Si el proyecto de la CPM se transforma en ley, las DDI serán desplazadas en la mayor parte de la función de investigación judicial, ya que la Bonaerense sólo participará en hechos descubiertos en flagrancia, y en delitos no complejos, según disponen los artículos 3 y 4 del proyecto CPM. En el 3 se determina que la PJ tendrá competencia “en la investigación de delitos contra la vida, contra la libertad y aquellos cometidos por funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad”. Y, agrega, “en aquellos delitos en los que debido a la estructura organizativa de los autores que involucra, o a las características propias de la comisión del hecho o la complejidad requerida para la investigación”. Mientras que el artículo 4 delimita su actuación, ya que “no intervendrá en el procedimiento de flagrancia, salvo que se dieran las circunstancias previstas en el artículo anterior”.

El proyecto de la CPM surgió después de varios meses de reuniones de trabajo en las que participaron entre otros, Fernando Domínguez, fiscal de San Martín; Marcelo Madina, camarista de Mar del Plata; Luis Arias, juez Contencioso Administrativo platense; los defensores oficiales Fernanda Mestrín, María Dolores Gómez y Julián Axat; Mario Juliano, juez de Necochea; Gabriel Bombini y Juan Tapia, jueces de Mar del Plata; María Ester Zabala, ex jueza penal; Hugo Blasco, secretario de Derechos Humanos de la CTA, y Alejandro Mosquera, Roberto Cipriano y Rodrigo Pomares por la CPM.

La CPM decidió impulsar una campaña de adhesiones y a sumarse a “Convergencia para la Democratización de la justicia” (democratizaciondelajusticia.wordpress.com).

“Vamos a concentrarnos en que haya el más amplio debate dentro y fuera del Legislativo para la elaboración de esta reforma democrática clave –explicó Mosquera–. Y vamos a trabajar junto a los miembros de Convergencia, el CELS, Serpaj y la APDH en un programa de implementación de la Policía Judicial”, una especie de stopper a modificaciones de fondo.

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Hasta ahora, los fiscales terminan delegando en la Policía Bonaerense las investigaciones judiciales.
Imagen: Télam
 
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