Viernes, 2 de marzo de 2012 | Hoy
ECONOMíA › PROPUESTA PARA REMOVER “LOS RESABIOS” DE LA CONVERTIBILIDAD
Junto a la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, el proyecto presentado al Congreso elimina el artículo que establece la intangibilidad de las reservas para respaldar la base monetaria. Recupera poder para el Estado.
Por Raúl Dellatorre
La ley de convertibilidad fue uno de los pilares del programa de privatizaciones y desmantelamiento del aparato del Estado y la estructura productiva nacional de los ’90. El proyecto de ley que el Ejecutivo ingresó ayer al Congreso impulsa la eliminación de “los resabios” de aquel instrumento, cuyos alcances iban mucho más allá del mero anclaje de la paridad cambiaria “uno a uno” con el dólar. Junto a una nueva Carta Orgánica para el Banco Central, fueron los mecanismos con los que Domingo Cavallo, ministro de Economía de Carlos Menem a partir de ese año 1991, le impuso al país la renuncia a la soberanía monetaria y cambiaria, junto a la renuncia a una política financiera basada en decisiones nacionales.
Restringidas las posibilidades de emisión de dinero y de modificación de la paridad cambiaria, Argentina quedó expuesta en los ’90 a una única vía de financiación: el sector externo. Así, el endeudamiento en dólares pasaría a ser el mecanismo de resolución de las necesidades inmediatas, pero la soga atada al cuello para las décadas siguientes.
La crisis del 2001 fue consecuencia directa de este corset múltiple. La economía argentina estalló por el lado del endeudamiento, cayendo en cesación de pagos –ya antes de que fuera declarado formalmente el default, en diciembre–. La quiebra económica y social, por caída de la producción, cierre de fábricas, desempleo y marginalidad, fue la otra cara de una realidad que hasta el último minuto se intentó ocultar. Pero fue la quiebra de la confianza en el sistema financiero, cuando los bancos informaron que no devolverían los depósitos, lo que corrió el velo que ocultaba las consecuencias de la convertibilidad.
Varios artículos de la ley 23.928, sancionada el 27 de marzo de 1991 y promulgada el mismo día, ya habían sido derogados a comienzos de 2002, cuando el gobierno provisional de Eduardo Duhalde devaluó. Pero otros siguen vigentes hasta hoy. El proyecto que ayer ingresó al Congreso establece la derogación de los artículos 4 y 5, los que establecían que las reservas del Banco Central en oro y divisas estaban afectadas a respaldar el 100 por ciento de la base monetaria (dinero circulante más depósitos a la vista) y definían expresamente qué se entiende por “reservas de libre disponibilidad”.
Este tipo de restricciones, en la relación entre base monetaria y reservas, sostiene el nuevo proyecto en sus fundamentos, “demostró su ineficacia ante la crisis de 2001 y dejó de utilizarse en el mundo luego del abandono hace años del patrón oro”. La concepción que defiende la propuesta es que los recursos como las reservas internacionales, deberían estar más vinculadas con objetivos macroeconómicos mediante la expansión del crédito y del dinero, antes que a la exclusiva preservación de la estabilidad monetaria. En ese camino transita también la modificación propuesta de la Carta Orgánica del Banco Central (ver nota en esta misma página).
En los considerandos que acompañan el proyecto de modificación de la ley 23.928 y de la Carta Orgánica se señala que quedará “en cabeza del Directorio del Banco Central la determinación del nivel de reservas necesario para llevar adelante la política cambiaria, sujeto a la evolución de las cuentas externas, quedando el resto de ellas como reservas de libre disponibilidad”.
En cuanto a la modificación del artículo 6 de la ley de convertibilidad, el nuevo texto incorpora un párrafo que señala que “siempre que resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales o de deuda externa oficial bilateral”.
La reforma de dos normas financieras fundamentales en el anterior proceso no significa sólo el cierre de una etapa, sino principalmente dotar al Estado de una herramienta central para promover el desarrollo. Quitarle poder al Estado es dárselo a otros: fue, justamente, el objetivo de las reformas de 1991.
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