ECONOMíA › MACRI PREPARA LA ACTUALIZACIóN INMOBILIARIA

Suba a propietarios de la Ciudad

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos informará antes de fin de mes a la Legislatura porteña la nueva actualización de las valuaciones fiscales sobre las cuales se aplica la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) y el Impuesto Inmobiliario para el ejercicio 2013. Según lo establece la normativa vigente, aprobada el año pasado, “el 31 de julio de cada año la AGIP enviará el listado actualizado del valor de las propiedades, que servirá de base para calcular el monto del impuesto a ingresar” en el período fiscal siguiente. A partir de ese momento, la Legislatura contará con un plazo de 30 días corridos para realizar las observaciones que correspondan.

La ley aprobada el año pasado por la Legislatura de la Ciudad establece un índice de actualización del tributo año tras año, al menos en los primeros cuatro, para alcanzar un valor fiscal “más real” para terrenos y edificios. El Gobierno de la Ciudad se aseguró así un aumento anual del tributo, asegurando que en ningún caso el tributo anual superará el uno por ciento del valor de mercado de la propiedad.

La factura de contribución territorial lleva dos componentes. El servicio de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), que tiene una tasa única del 0,5 por ciento de la valuación fiscal de la propiedad; y el impuesto inmobiliario, cuya alícuota varía, según el valor de la propiedad, entre el 0,2 y el 1,5 por ciento. El tributo (que se recibe en una única factura) se paga mensualmente y, a partir del año corriente, tiene un valor mínimo de 50 pesos.

Para este año, los aumentos en el tributo fueron significativos, del orden del 66 por ciento en promedio, pero con picos que alcanzaron al 300 por ciento. Las subas fueron, además, fuertemente criticadas porque no habrían guardado proporcionalidad con el valor real de la propiedad, sino que habrían sido determinados globalmente por su ubicación. Sin embargo, la norma establecía que el Gobierno de la Ciudad tomaría en cuenta, para determinar la actualización, no sólo el valor económico del terreno según su ubicación y el valor real de la edificación, sino también la categoría, destino, calidad, características arquitectónicas y estado de conservación de la segunda.

Para las propiedades de menor valor, el aumento resultante osciló entre los 20 y 40 pesos por mes. Para el año próximo, fuentes legislativas estiman que el incremento oscilará entre el 25 y el 30 por ciento. La ley vigente reconoce el derecho del propietario a impugnar la valuación realizada por la AGIP, pero a través de un engorroso trámite. El titular de la propiedad (o un apoderado acreditado) deberá fundamentar la impugnación por escrito y presentar, además, dos informes de tasación elaborados por corredores inmobiliarios matriculados y con firma certificada, o por profesionales con incumbencia en la materia,

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Imagen: DyN
 
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