Lunes, 4 de enero de 2016 | Hoy
ECONOMíA › LA CANDIDATA A VICEPRESIDENTA DE LA UIF CUESTIONABA LAS FACULTADES DEL ORGANISMO AL DEFENDER AL HSBC
Página/12 accedió a los descargos de María Eugenia Talerico ante la Justicia en los que argumenta en contra de la capacidad de sanción de la oficina antilavado, su potestad para iniciar sumarios y los montos de las multas, fijados por el Congreso.
Por Sebastián Premici
Los bancos HSBC y Masventas S.A. son las dos entidades que poseen la mayor cantidad de sanciones ante la UIF por haber infringido las normas antilavado. En la Justicia federal tramitan al menos tres causas en queja ante la Corte Suprema por las irregularidades detectadas por el organismo de control relacionadas al HSBC. La abogada patrocinante de este banco es María Eugenia Talerico, la designada por Mauricio Macri y Germán Garavano para ocupar la vicepresidencia de la UIF. De asumir en ese cargo, pasará a ser juez y parte de una serie de causas vinculadas al banco extranjero. Página/12 accedió a los descargos presentados por Talerico ante la Justicia en los que argumenta en contra de la capacidad de sanción del organismo, de la potestad de su Presidente para iniciar sumarios y objeta los montos de las multas establecidos por ley del Congreso. En concreto, plantea la inconstitucionalidad de artículos claves de la norma que persigue el encubrimiento y el lavado de activos (25.246). Pero no está sola en ese camino. El estudio Marteau, vinculado a Mariano Federici, designado por Macri como presidente del organismo, y a Celeste Plee, otra de las incorporaciones de la UIF, utiliza los mismos argumentos que Talerico para litigar en contra de la UIF. Es decir, existe una matriz argumentativa en contra del organismo pensada por quienes ahora pretenden acceder a su conducción.
Los currículos de Talerico y Federici fueron publicados en el Boletín Oficial (BO) el 16 de diciembre, hecho que marcó el inicio del período para presentar objeciones a los nombramientos propuestos por Macri. La audiencia pública para evaluar sus antecedentes será el próximo 18 de enero. El que deberá dictaminar sobre sus perfiles es Garavano, ministro de Justicia, vinculado al estudio Marteau, al igual que Federici, a través de la Fundación Finint. Y Macri es quien decretará sus designaciones, de no prosperar ninguna objeción formal.
Lo que no fue publicado en el BO es la relación de ambos candidatos con los bancos y empresas acusados de lavado de activos. Pero más grave que esas vinculaciones son las afirmaciones en contra del andamiaje jurídico de la UIF, lo que hace suponer que cuando tengan que ocupar el lugar de querellantes –y no de abogados defensores de los bancos– pondrán al Estado en un segundo plano.
Talerico está actuando en al menos tres causas, actualmente en queja ante la Corte, en representación del HSBC. En el expediente al que accedió Página/12 aparece su firma como abogada inscripta T 52 F 955 Cpacf, con domicilio fiscal en Anchorena 1853.
“Se deja expresamente planteada la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 25.246 a la luz de su manifiesta violación a los artículos 14,16,17 y 28 de la CN, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho que se exponen en este descargo. La inconstitucionalidad se relaciona con la falta de razonabilidad , proporcionalidad y el carácter confiscatorio de la sanción prevista”, sostuvo Talerico en su escrito de defensa del HSBC. La ley mencionada fue sancionada en mayo de 2000, es la que creó a la UIF en el marco de la persecución de delitos de encubrimiento y lavado de activos de origen delictivos. En junio de 2011 fue modificada por el Congreso, a través de la ley 26.683.
El artículo objetado por la abogada del HSBC es el que establece la pena de multa “de una (1) a diez (10) veces del valor total de los bienes u operación a los que se refiera la infracción”. Y si no llegara a establecerse el valor real de los bienes, la multa puede ir de los 10.000 pesos a los 100.000 pesos. En 2011 también fueron modificados los plazos para la prescripción de la acción de multa (5 años). Los argumentos de Talerico también son compartidos por los abogados del estudio Marteau, en particular en la causa Masventa S.A., en la que intervino Celeste Plee, otra de las designadas por Macri.
Los cambios introducidos a la ley que busca perseguir el lavado de activos fueron aprobados por una amplia mayoría parlamentaria que incluyó al Frente para la Victoria como radicales y macristas.
“La mejor manera de combatir el lavado de dinero, la evasión y la corrupción es a través de una norma que no permita uno de los delitos más aberrantes en materia financiera, como es el lavado de dinero”, argumentaba Alfonso Prat-Gay desde la Cámara Diputados. A la hora de la votación en particular, el artículo 24 –objetado por Talerico–, tuvo la aprobación de Federico Pinedo, Oscar Aguad, Ricardo Gil Lavedra y Gabriela Michetti, entre otros legisladores, todos integrantes de Cambiemos. Lo paradójico de esta situación es que una posible funcionaria de este mismo espacio político abogará por la inconstitucionalidad de la norma, pero dentro del organismo que debe aplicarla.
Otro de los artículos centrales por los que debe velar la UIF, pero fuertemente atacado por Talerico en las causas vinculadas al HSBC, es el 21. Es el que establece que los bancos tienen la obligación de informar ante la UIF la presencia de operaciones sospechosas, independientemente de los montos involucrados, evaluando en cada caso si hay justificación económica o jurídica para realizar determinada operación, ya sea de forma aislada o reiterada.
Para la abogada es ambiguo. “La reglamentación de la ley no estableció pautas claras y objetivas que permitan asignar un contenido concreto al decisivo concepto de operaciones sospechosas. No solo no precisa la acción típica, sino que remite a una sospecha para su configuración y por otra parte remite a un órgano administrativo, la UIF, la precisión de la conducta abarcada en el tipo penal. Se convierte así en una ley penal en blanco en tanto el tipo penal depende de la configuración de un órgano administrativo”, sostiene Talerico dentro del expediente analizado. Es una argumentación en contra de la capacidad de la UIF para evaluar posibles conductas de lavado de activos.
La posible futura vicepresidenta del organismo va más allá al sostener que la ley que rige el funcionamiento de la UIF “se convierte en una clara vía de delegación de la potestad punitiva por parte del Poder Legislativo, motivo suficiente para declarar su inconstitucionalidad, ya que la normativa complementaria, Resolución 10/2004, surge de un órgano sin facultad legislativa”.
El estudio Marteau, de estrechos vínculos con Federici y Plee, utiliza los mismos argumentos que Talerico para litigar en contra de la UIF, donde se tilda de inconstitucional el artículo 24 y 21 de la ley antilavado, y una serie de resoluciones del organismos pensadas para agilizar las tareas antilavado. Plee lo hace en nombre de Masventas S.A. y Talerico, en representación del HSBC.
Una de esas resoluciones es la 111/2012 que le otorgó al presidente del organismo, que durante la gestión macrista podría ser Federici, la posibilidad de iniciar los sumarios contra los bancos sospechados. Sobre esta resolución, Talerico sostuvo: “Este cambio priva a mi defendido de la garantía de ser juzgado por un órgano colegiado integrado antes de los hechos de la causa, de carácter técnico, integrado por funcionarios designados por las distintas ramas de la administración nacional vinculadas con la prevención del lavado de dinero”.
Los textuales publicados en esta crónica corresponden a tres causas vigentes, en queja ante la Corte y de una cantidad similar de sumarios ya abiertos dentro de la UIF. Si Talerico y Federici acceden a sus cargos quedarían ubicados de los dos lados del mostrador.
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