ECONOMíA
Trece procesados y muchos millones de embargo en el caso de la Esso
El juez de Campana procesó a los dos empleados de la petrolera, el despachante de Aduanas y los agentes marítimos, dos capitanes y cinco aduaneros involucrados en la acusación de contrabando de crudo.
Por C. S.
A la petrolera estadounidense Esso le será en adelante más difícil negar la acusación de contrabando efectuada por la Dirección General de Aduanas. El juez federal de Campana, Federico Efraín Faggionatto Márquez, dictó los procesamientos de trece involucrados, incluyendo personas de la compañía que se encontraban hasta el momento detenidas. Se debe a la entrada irregular de 10 mil toneladas de petróleo crudo, una investigación que fue adelantada por Página/12. Finalizada la primera parte de la investigación, el juez encontró prima facie penalmente responsables del delito de contrabando agravado al gerente de operaciones marítimas de Esso, Alberto Raúl Rodríguez, y al coordinador de tráfico marítimo de la petrolera, Carlos Alberto Córdoba. Por el mismo delito fueron procesados el despachante de Esso, Federico Minoyetti, y los agentes marítimos Miguel Angel De Stefano y Darío Eduardo Esquivel, de la agencia Dulce, contratada por Esso, y Jorge Ariel Saavedra, de la agencia Aguirio, también contratada por la petrolera. Estos seis procesados fueron embargados cada uno por 6 millones de pesos. Asimismo, también fueron procesados por contrabando agravado, incumplimiento de deberes y falsedad ideológica los funcionarios de Aduana responsables del control de la importación.
La operación, como suele ocurrir con los delitos económicos millonarios, es compleja y desentrañarla exige paciencia. Resumida, su forma es la siguiente: arriba un buque tanque, el “Potengi”, con 45 mil toneladas de petróleo crudo tipo Marlym, proveniente de Brasil y con destino al puerto que la firma Esso posee en Campana, sobre el río Paraná. El combustible debía ingresar como importación temporaria para ser procesado en la destilería que la petrolera posee en dicha localidad bonaerense. Como el calado del “Potengi”, con carga a tope, no le permitía navegar los canales de entrada al Río de la Plata, para luego empalmar el canal Emilio Mitre hasta ingresar al Paraná de las Palmas, se producen dos alijes, como se designa a la operación de traspaso de parte de la carga a otros buques. La información registrada por la Aduana y la Prefectura Naval Argentina es que los alijes fueron hechos por el buque tanque “Río Grande”, siendo las cargas trasvasadas de 10,4 mil toneladas, el 23 de marzo de 2002, y de 15 mil toneladas al día siguiente. Posteriormente, el 26 de marzo, se registra en Campana la entrada del “Potengi” con 20,5 mil toneladas, a las 15.30, y del “Río Grande”, a las 23, con 15 mil toneladas. El “Río Grande”, entonces, alijó dos veces, pero descargó en Campana sólo una vez. Además, el breve período entre los dos alijes resultaba insuficiente para viajar ida y vuelta desde la zona Charly (C), en el límite exterior del Río de la Plata, hasta Campana. Estos movimientos fueron los que despertaron sospechas en la Policía Aduanera y la PNA.
Con posterioridad a los hechos, la versión oficial de la petrolera fue que el faltante de 10,4 mil toneladas ingresó en un tercer buque, el “Palm Beach”, propiedad de la empresa, el que a su vez habría recibido el combustible del “Río Grande”, es decir, se habría producido un doble trasvasamiento debido a que el “Palm Beach”, según Esso, no contaba con las defensas indispensables para este tipo de operación.
Sin embargo, de acuerdo con los datos de Aduana y Prefectura, para la fecha en cuestión el “Palm Beach” se encontraba navegando hacia Campana procedente de Puerto Rosales (próximo a Bahía Blanca) con producto nacional (crudo tipo Escalante), finalizando la operación el 24 de marzo de 2002 a la 1.25. Además, el “Palm Beach” no tenía autorización aduanera para realizar operación de alije alguna, ni del “Río Grande” ni del “Potengi”. En este punto, la Aduana sospechaba el contrabando de las 10 mil toneladas faltantes, así como de un modus operandi de Esso en el ingreso irregular de combustible al país. En consecuencia presentó la correspondiente denuncia judicial.
Para aclarar los hechos, el juez federal de Campana, Federico Efraín Faggionatto Márquez, allanó las oficinas de Esso en Campana para secuestrar documentación que, a la postre, resultó probatoria y fue convocando a todos los participantes de las operaciones, desde los empleados aduaneros, el despachante de Interlog (firma que trabajaba para Esso), los agentes marítimos de las empresas Dulce y Aguirio, y tres ejecutivos de Esso. De las declaraciones que constan en la causa, a la que tuvo acceso Página/12, surgen “elementos suficientes para tener por acreditado el hecho que se viene investigando”. En el expediente no sólo pueden leerse evidentes contradicciones de los imputados, la mayoría ahora procesados, sino también intentos frustrados por deslindar responsabilidades en terceros, en el caso de los funcionarios aduaneros encargados del control, así como la atribución de la omisión de las actividades del “Palm Beach” a simples errores formales en la presentación de la documentación, en el caso de las personas vinculadas con Esso. Asimismo, una vez que la operación de desvío de la carga a una tercera nave no declarada resultó evidente para la Aduana, se registraron algunos intentos de rectificación de la documentación respaldatoria de la importación.
En cuanto a los funcionarios de la Aduana, Daniel Ligabue resultó procesado por contrabando agravado, en calidad de partícipe necesario, incumplimiento de deberes y falsedad ideológica, y se le trabó embargo por 3 millones de pesos. Por los dos últimos cargos también fueron procesados José Antonio Graziano, Jorge Ciro Scotti, Nélida Noemí Rehermann y Juan José Tenca. Como partícipe necesario del contrabando agravado tampoco zafó el capitán del “Río Grande”, Darío Corgniatti, embargado en 500 mil pesos, y como partícipe secundario, el capitán del “Palm Beach”, Eduardo Junghanns.
Además del procesamiento y los fuertes embargos a los involucrados, desde hace algunas semanas todas las operaciones de Esso deben pasar en Aduana por canal rojo, lo que significa siempre el control físico de las mercaderías ingresadas y el exhaustivo análisis de la documentación de importación. Ello se debe a que la operación descubierta, el trasvasamiento a terceras naves no declaradas, es sospechado por la Aduana como un modus operandi de la petrolera estadounidense. El fallo del juez de Campana sostiene también que debe analizarse la responsabilidad penal en la que, como persona jurídica, habría incurrido Esso. Pero éste ya es el próximo capítulo.