ECONOMíA
• SUBNOTA › PRINCIPALES PUNTOS DE LA PROPUESTA OFICIAL
Cartas tiradas sobre la mesa
Por C. C.
Aunque no las contenta, la carta de entendimiento propuesta por el Gobierno a las distribuidoras gasíferas incluye un amparo al eventual aumento de costos que pudieran sufrir esas compañías hasta el año próximo –cuando debería estar pulido un nuevo contrato definitivo–, algo que abre las puertas a otros incrementos no contemplados en el documento oficial. Pero el mayor énfasis del texto oficial está puesto en el afán de que las empresas desistan de accionar contra el Estado ante el Ciadi. Aquí los puntos medulares del documento de la Uniren:
- Reconoce que se necesitan medidas transitorias que atenúen el impacto del incremento de los costos de la prestación del servicio.
- Tarifa de transición: un aumento del 15 por ciento, que excluiría a residenciales hasta el 2006. Se ajustará por el Indice de Variación de Costos semestralmente, cuando éste se altere por encima del 5 por ciento. Si supera el 10, las empresas pueden apelar a la vía más rápida del Enargas.
- Se llevará a cabo una “revisión tarifaria integral” según los “costos eficientes” del servicio. El Enargas hará un seguimiento en detalle de la evolución de esos valores.
- Se prevé un plan de inversiones bianual, cuyo cumplimiento está ligado al manejo de la caja de la compañía. Sólo se admite un “desvío del 10 por ciento en las inversiones comprometidas”. El Enargas juzgará anualmente su cumplimiento antes de autorizar la distribución de dividendos.
- Si durante el período de transición se producen modificaciones impositivas, normativas o regulatorias que inciden en el costo del servicio, el ente regulador analizará la readecuación de la tarifa.
- El Enargas realizará anualmente un informe de cumplimiento de contrato. El primero debe estar listo en el primer semestre del 2005.
- Las accionistas tendrán que suspender todos los reclamos, recursos y demandas en el país o en el exterior. No sólo por la emergencia económica –pesificación y congelamiento de tarifas– sino por la anulación del índice de precios de los Estados Unidos como criterio para ajustar tarifas. Con la representación de al menos dos tercios de los accionistas deberán también comprometerse a no reclamar arbitrajes o juicios por aquellas razones. Antes de empezar la revisión tarifaria integral, tendrán que desistir de sus reclamos. La violación de este compromiso, después de haber sido asumido, será causa de rescisión de contrato.
- Cláusula de indemnidad: si cualquier accionista “actual o pasado” obtuviera un fallo arbitral favorable –una indemnización por los perjuicios de la emergencia económica como las reclamadas ante el Ciadi–, la sociedad adjudicataria deberá enfrentarla a su “entero costo”.
- Renuncia expresa a la jurisdicción internacional.
- Bajo la supervisión del ente, las adjudicatarias deberán contratar una auditoría de los activos afectados a la concesión. Este informe incluirá un detalle sobre la propiedad de los bienes afectados a la explotación, detallando si corresponden a las concesionarias “o al Estado”.
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