EL PAíS › EX DIRECTIVOS DE FORD FUERON IMPUTADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD
La jueza Alicia Vence procesó a tres ex directivos de la empresa trasnacional –Pedro Müller, Guillermo Galarraga y Héctor Sibilla– por considerarlos partícipes de los secuestros y torturas que 24 trabajadores sufrieron durante la dictadura.
› Por Ailín Bullentini
La jueza federal Alicia Vence ordenó lo que ex trabajadores de la empresa Ford esperaban desde que los secuestros, torturas, robos y desapariciones sucedidos durante la última dictadura son considerados delitos de lesa humanidad: en un amplio y detallado fallo, la titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional número 2 de San Martín procesó a tres ex gerentes de la planta que la trasnacional tenía en Pacheco, al norte del conurbano bonaerense, por considerarlos partícipes primarios penalmente responsables en 24 casos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por haber sido cometida por abuso funcional, con violencia y amenazas, e imposición de tormentos. En nueve de esos casos, la jueza encontró un agravante más: el hecho de haberse sostenido los delitos atribuidos durante más de un mes. “Hace diez años que trabajamos en esta causa –remarcó el abogado Tomás Ojea Quintana– y el objetivo principal siempre fue probar la complicidad civil en los delitos cometidos contra los trabajadores”, muchos de ellos involucrados en la actividad gremial de la empresa. Es el tercer caso en el que la Justicia considera la responsabilidad de civiles, siempre vinculados con grandes empresas, en esta clase de delitos y el primero en el que se involucra a una compañía trasnacional.
La causa en la que Vence aceleró el trámite desde marzo último, cuando citó a declarar a los ex gerentes hoy procesados, investiga el secuestro, las torturas y los homicidios de decenas de trabajadores de la sede de Ford en Pacheco, y está en manos de la Justicia federal desde hace una década. “El general (Santiago) Riveros fue fácilmente procesado, pero el objetivo fue siempre probar la complicidad de los civiles”, señaló Ojea Quintana para dimensionar la importancia del fallo de Vence.
En 150 fojas, la jueza imputó al ex gerente de Manufacturas de Ford en época de la última dictadura, Pedro Müller; su par entonces en Relaciones Laborales Guillermo Galarraga, y a quien era el jefe de Seguridad en la planta de Pacheco, Héctor Sibilla, por “haber arbitrado los medios necesarios para señalar e indicar al personal militar del ámbito jurisdiccional de la Zona de Defensa IV del Comando de Institutos Militares, a los delegados y empleados –menciona los nombres de las 24 víctimas consideradas– para que de ese modo pudieran ser detenidos por las fuerzas militares, y así ejecutar el plan de represión implementado por el entonces gobierno militar en el interior de esa empresa”. El procesamiento dictado fue sin prisión preventiva, punto discutido por la querella de los ex trabajadores. Hace poco menos de tres meses, Müller y Galarraga desistieron de declarar. Sibilla negó todo.
Las víctimas supieron de la novedad el lunes a última hora, cuando la noticia comenzó a circular. “Fue una explosión de alegría y de fuerza. Muchos se estaban cansando de luchar”, resumió Ojea Quintana, que analizó como “lo más interesante del fallo” la postura de la jueza frente a la complejidad que significa el análisis de la responsabilidad civil durante el genocidio: “Vence plantea que si en Argentina la ley penal permitiera imponer penas a personas jurídicas, en este caso está claro que la empresa Ford es responsable de las torturas y los secuestros. Es importante, porque ratifica lo que siempre dijimos: que la Ford tiene responsabilidad y que como política de Memoria, Verdad y Justicia, y para evitar que se repita, es necesario que estas entidades respondan”, concluyó.
En base a legajos de la Conadep y, sobre todo, a las declaraciones de las víctimas –los 24 trabajadores fueron “blanqueados” después de pasar “entre 40 y 60 días” secuestrados en forma ilegal–, Vence dio por probado que Müller, Galarraga y Sibilla “aportaron, suministraron o de algún modo brindaron la información necesaria para que los militares de la Zona de Defensa IV pudieran detener ilegítimamente y someter a condiciones inhumanas de vida, sometiendo a golpizas a cada una de las víctimas”. La jueza también los imputó por “haber permitido que se montara un centro de detención en el interior de la fábrica, en los sectores del Campo de Deportes”, donde las víctimas “fueron golpeadas, maniatadas, tapándoseles sus rostros para que no pudieran observar lo que ocurría”, según puntualiza el fallo.
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